Micelio

Artículo 39

Son Funciones Del Consejo Departamental De Planeación: A) Conocer Y Evaluar El Avance De Los Trabajos De La Oficina De Planeación Y Preparar Informes Periódicos Sobre Las Actividades Adelantadas; B) Estudiar Los Planes Económicos Elaborados Por La Oficina De Planeación Y Aquellos Que Sean Sometidos Para Aprobación Del Gobierno Departamental, Por Los Municipios; C) Coadyuvar En La Coordinación De Las Actividades De Los Diferentes Organismos Locales, Nacionales Y La Empresa Privada, Para Los Fines De Desarrollo Económico Y Social Del Departamento; D) Las Demás Que Le Fueren Señaladas Por La Norma Reglamentaria Sobre La Materia

Decreto 2285 de 1967 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Cesar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Consejo Departamental de Planeación

a)

Conocer y evaluar el avance de los trabajos de la Oficina de Planeación y preparar informes periódicos sobre las actividades adelantadas;

b)

Estudiar los planes económicos elaborados por la Oficina de Planeación y aquellos que sean sometidos para aprobación del Gobierno Departamental, por los Municipios;

c)

Coadyuvar en la coordinación de las actividades de los diferentes organismos locales, nacionales y la empresa privada, para los fines de desarrollo económico y social del Departamento;

d)

Las demás que le fueren señaladas por la norma reglamentaria sobre la materia. 3. Comités de Coordinación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2285 de 1967