La Administración Departamental tendrá los siguientes Comités de Coordinación
Comité General de Coordinación integrado por los Secretarios y los Jefes de las Oficinas de Planeación Jurídica y Administrativa;
Comités de Secretaría u Oficina integrados por el Secretario o el Jefe de la Oficina y los Jefes de las unidades de trabajo a su cargo
Los Comités de Coordinación deben limitarse únicamente a los asuntos que por su naturaleza requieran coordinación por partes de las distintas dependencias. En ningún caso deben sustituir la línea de autoridad, ni obstaculizar la ejecución de los programas 4. Comisión de Personal