Micelio
DecretoVigente

Decreto 1909 de 1938

Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar

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0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1La Escuela Militar Tiene Por Objeto Principal Dar A Los Jóvenes Que Quieran Ser Oficiales Del Ejército Los Conocimientos Básicos Generales Que Las Leyes Y Los Reglamentos Exijan Para Obtener El Grado De Subteniente2Para Llenar El Fin Indicado En El Artículo Anterior, La Escuela Tendrá Un Curso Militar Para El Estudio Y Conocimiento De Las Materias Profesionales Que Más Ade­lante Se Indican, Y Un Curso General En El Cual Se Apro­barán Las Materias Correspondientes A Los Tres Últimos Años Del Bachillerato Oficial3En Este Curso Los Alumnos Recibirán, Junto Con Las Materias De Los Tres Últimos Años Del Bachillerato Oficial, La Instrucción Militar Determinada Por Este Regla­mento Y Por Las Directivas Que Se Den En Su Desarrollo4Las Materias De Estudio Del Curso General Serán Las Que Fija El Ministerio De Educación Nacional Para Los Tres Últimos Años Del Bachillerato, O Sean: Primer Año De Estudios De La Escuela (Cuarto Año De Bachillerato)5La Instrucción Militar Tendrá Como Base La De La Infantería, Y Comprenderá: A) Lo Referente Al Orden Cerrado, Al Orden Abierto Y Al Cómbate De Los Fusileros Y De Las Armas Pesadas (Ametralladoras, Morteros Y Cañones), Hasta El Pelotón O Sección Inclusive6Los Estudios Y Los Resultados De Los Exámenes Verificados En El Curso General De La Escuela Serán Reconocidos Por El Gobierno En Igual Forma Que Para Los Establecimientos De Segunda Enseñanza Que Tienen Esta Prerrogativa7Con El Objeto De Obtener, La Vigilancia Y Mantener Relaciones Con El Ministerio De Educación Nacional, Los Inspectores Que Éste Designe Podrán Imponerse En Cualquier Momento, Del Desarrollo Que Se Dé A La Segunda Enseñanza En La Escuela Militar8El Director De La Escuela Podrá Recibir Directamente, Del Ministerio De Educación, Los Informes Que Rindan Los Inspectores De Educación Nacional Sobre Los Resultados De Las Visitas Practicadas, A Fin De Que Proceda, En Cada Caso, A Subsanar Las Deficiencias O Irregularidades Que Se Hayan, Anotado En El Desarrollo De Los Programas Y Planes De Estudio9En El Curso Militar Se Enseñarán Las Materias De Orden Profesional, Y Será Integrado Por Los Alumnos Que Habiendo Hecho El Tercer Año Del Curso General Hayan Sido Aprobados En Los Exámenes Finales De Éste Y, Excepcionalmente, Cuando El Número De Éstos No Alcance A Completar El Que Fije El Ministerio, Teniendo En Cuenta Las Necesidades Del Ejército, Podrán Ingresar A Éste Bachilleres Que No Hayan Hecho Estudios En La Escuela10Las Materias De Estudio En El Curso Militar, Repartidas En Dos Años, Serán Las Siguientes: Primer Año11La Enseñanza De Estas Materias Se Hará, En Cada Uno De Los Años Del Curso Militar, Hasta En Veinte Horas De Clase Semanal12El Director De La Escuela Hará Los Programas Necesarios Para Las Materias De "cultura Militar," De Acuerdo Con Lo Que Más Adelante Se Establece, Y Los Someterá A La Aprobación Del Ministro De Guerra Por El Conducto Regular Respectivo13El Desarrollo Que Se Dé A Las Materias Civiles Y Militares Enumeradas Anteriormente Debe Ser Tal, Que La Cultura General Y La Instrucción Militar Que Dé La Escuela A Los Alumnos, Proporcione Una Base Sólida A La Vida Futura Del Oficial14La Preparación Mínima Que Necesita Un Subteniente Para Desempeñar Sus Funciones Eficientemente En Un Cuerpo De Tropa, Es: A) Cultura General: L15El Profesorado De La Escuela Estará Integrado Por Profesores Civiles Y Profesores Militares16Tanto Los Profesores Civiles Como Los Militares Deben Ser Cuidadosamenten Seleccionados, A Fin De Obtener El Máximo Rendimiento Y El Mejor Resultado En La Enseñanza17Los Profesores Serán Nombrados Por El Ministerio De Guerra A Propuesta De La Dirección De La Escuela, Teniendo En Cuenta Lo Siguiente: A) Los Profesores Militares Se Seleccionarán De Entre Los Oficiales Que Demuestren Mayor Inclinación, Capacidad Y Conocimientos En El Desempeño De Esta Labor, Y Se Enco­mendará Tal Tarea, De Preferencia, A Los Oficiales De Planta De La Escuela, Lo Cual Se Tendrá En Cuenta Para Hacer La Elección Y El Nombramiento, De Éstos, O Dentro De Oficiales Que Hayan Hecho Los Estudios De La Escuela Superior18La Dirección De La Escuela Se Mantendrá En Íntimo Contacto Con El Personal Docente De Su Dependencia Y Procurará La Celebración De Consejos Periódicos, Que Sir­van Para Armonizarlas Labores Educativas Del Plantel Y Para Dar Forma A La Instrucción Cultural Y Social19El Director Verificará Por Lo Menos, En El Curso Del Año, Dos Consejos Generales De Profesores: Uno Al Iniciase Las Clases Y El Otro Antes De Clausurar El Periodo Escolar20La Asistencia A Todo Consejo O Reunión, Con­vocado Por La Dirección, Es Obligatoria21Para Ingresar A Los Años 1°, 2º Y 3º Del Curso General, Se Requieren Las Siguientes Condiciones: A) Ser Nacional Colombiano Por Nacimiento22Para Ingresar Al Primer Año Del Curso Militar, Se Requiere: A) Ser Nacional Colombiano Por Nacimiento23La Admisión De Los Aspirantes A La Escuela Militar Puede Hacerse De Dos Maneras: Como Alumnos Efectivos O Como Alumnos Pensionados, Dentro De Las Vacantes Que Se Produzcan Anualmente24Los Aspirantes De Que Trata El Artículo Anterior, Deben Hacer Su Solicitud A La Dirección De La Escuela Del 1º De Octubre Al 20 De Noviembre, En La Forma Como Más Adelante Se Indica, Acompañándola De Los Documentos Y Certificados Exigidos Por Este Reglamento25Los Aspirantes Que Presenten Los Documentos Completos, Y Que De Acuerdo Con Éstos Puedan Ser Admitidos Como Alumnos, Deben Presentar Los Exámenes Corres­pondientes, Para Determinar Sus Conocimientos Y Condiciones Físicas26Se Entienden Por Efectivos Los Alumnos Becados Por El Gobierno27Las Solicitudes Hechas Por Los Aspirantes Y Dirigidas Al Director De La Escuela, Deben Ir Acompañadas Pbr Los Siguientes Documentos: Partida De Bautismo28Para Normalizar La Marcha De La Escuela, El Gobierno Determinará Anualmente, De Acuerdo Con Las Necesidades Del Ejército, El Número De Los Nuevos Alumnos Que Deben Ingresar En Cada Uno De Los Años De Estudio29Los Exámenes Serán Orales Y Escritos30Para Cada Una De Las Materias De Los Exámenes De Admisión Se Constituirán Justas Integradas Por Dos Profesores De La Escuela Y Por Un Oficial De La Misma31Los Exámenes De Admisión Se Efectuarán En La Primera Quincena De Enero De Cada Año32Los Exámenes De Sanidad Y Aptitud Física Definitivos, Serán Efectuados En Bogotá Por Médicos Odontólogos De La Dirección General De Sanidad, Sin Que Esto Implique Erogación Alguna Para El Aspirante33No Será Admitido Como Alumno De La Escuela Militar El Aspirante Que Obtenga Calificación Inferior A Seis (Más Que Regular), En Una Cualquiera De Las Materias Del Examen De Admisión, O Que No Haya Resultado Apto En El Examen Médico34Las Bases Para Proponer La Promoción De Los Alumnos, Serán: 1º35Los Exámenes Serán Ordinarios Y Extra­ordinarios36La Calificación Anual En Cada Materia Se Obtendrá Promediando Las Calificaciones Obtenidas Por El Alumno En Los Exámenes Ordinarios De Que Trata El Artículo Anterior37Fuera De Las Calificaciones Que Se Reservan Para Los Exámenes De Habilitación, No Se Admiten Más, Du­rante El Año, Que Las Correspondientes A Los Exámenes Bi­mestrales38Los Alumnos Serán Calificados Bimestralmente, Tanto En Los Estudios Como En Los Ramos Del Servicio39Los Comandantes De Unidades Calificarán Bimestralmente La Conducta, El Espíritu Militar Y Las Condiciones Para El Mando (Cuando Sea Del Caso) Y Los Ramos Del Servicio Práctico40Las Calificaciones Obtenidas, Por Cada Alumno, En La Forma Como Lo Indican Los Artículos Anteriores, Se Comunicará Oportunamente Al Padre O Acudiente, Quien Debe Devolverlas A La Dirección De La Escuela Con U Constancia Escrita De Que Se Ha Enterado41Cuando Un Alumno Obtenga Notas Que Puedan Determinar Su Retiro De La Escuela, El Consejo De Profesores Del Año De Estudios Correspondiente Las Estudiará Y Propondrá A La Dirección Lo Que Se Deba Resolver En Cada Caso42Las Calificaciones Bimestrales Se Entregarán A La Inspección De Intrucción En Las Siguientes Épocas: Las Correspondientes Al Primer Bimestre, En La Primera Semana De Abril43Cuando Los Profesores Impongan Trabajos Escritos, De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 38 De Este Reglamento, Se Procederá Así: Durante El Desarrollo Del Trabajo Debe Estar Presente En El Salón De Clases, Además Del Profesor De La Materia, El Oficial Encargado Del Curso Para Supervigilar El Trabajo De Los Alumnos44A Más Tardar Ocho Días Después De Efectuadas Estas Pruebas, El Profesor Debe Entregar El Legajo De Temas Corregidos Y Calificados A La Inspección De Instruc­ción45El Día Quince Del Mes Siguiente Al Del Bimestre Que Se Califica, La Inspección De Instrucción Presentará Las Listas Correspondientes, Anotando La Calificación Parcial En Cada Materia, El Número Total De Puntos Obtenidos Por Cada Alumno, El Promedio General De Cada Uno Y El Puesto Que Ocupe En El Curso, Según El Número De Puntos46En Las Notas Bimestrales No Se Harán Calificaciones Con Fracciones47Para Los Exámenes Finales La Dirección De La Escuela Nombrará Examinadores Y Calificadores Así: , El Profesor De La Materia48Para Que Un Alumno Pueda Ser Promovido Al Año Inmediatamente Superior, Es Necesario Que Haya Obtenido Una Calificación No Menor De Siete (Buena), En Con­ducta, Espíritu Militar Y Aptitud Para El Mando; Y No Menor De Seis (Más Que Regular), En Cada Una De Las Asignaturas De Estudio Y Ramos Del Servicio49Cuando Un Alumno Pierda Hasta Tres Mate­rias De Examen, Se Considera Que Ha Perdido El Curso50Los Exámenes De Habilitación De Que Trata El Artículo Anterior Se Verificarán En Los Días Comprendidos Entre El 20 Al 30 De Enero Del Año Siguiente51Cuando Un Alumno No Obtenga Las Notas Necesarias En Cuatro Materias De Examen, O En Conducta, O Espíritu Militar, O Aptitud Para El Mando, Perderá Defini­tivamente Su Situación En La Escuela Y Será Dado De Baja52Las Notas Empleadas Para Las Calificaciones Tienen El Siguiente Significado: 153La Calificación Final Estará Formada Por El Conjunto De Las Notas De Aprovechamiento De Las Distintas Materias De Enseñanza Y Las Calificaciones De Conducta, Espíritu Militar, Aptitud Para El Mando Y Servicio Práctico Que Permita Apreciar Los Diversos Aspectos De La Personalidad Del Alumno54Para Hacer Las Calificaciones De Conducta, Espíritu Militar Y Aptitud Para El Mando, Se Deben Considerar Las Manifestaciones De Disciplina, Amor A La Verdad, Honradez, Sentimientos De Responsabilidad, Justicia, Bondad, Lealtad, Respeto Propio, Delicadeza; Espíritu Cívico Y De Co­operación, Iniciativa, Hábitos De Estudio, De Orden, De Aseo; Anhelos De Perfeccionamiento; Puntualidad En El Cumplimiento Del Deber Y Urbanidad55Las Calificaciones Finales De Conducta, Servicio Práctico Y Demás, Se Harán Como Se Ha Indicado Para Las Materias De Estudio, Teniendo En Cuenta Los Anteceden­tes Que Constan En La Hoja De Cada Cadete, Y Después De Los Ejercicios De Campaña Anuales Que Verificará La Escuela Para Terminar Sus Tareas56Para Finalizar Tareas, La Escuela Verificará Cada Año, Después De Los Exámenes Teóricos, Ejercicios De Campaña57Los Alumnos, Tanto Efectivos Como Pensionados, Antes De Iniciarse Las Tareas De Cada Año, Pagarán Por Derecho De Matrícula La Cantidad De Diez Pesos ($10) Moneda Corriente, Que Consignarán En La Contaduría De La Escuela58La Pensión Anual De Los Cadetes No Efectivos Será De Trescientos Pesos ($ 300), Que Se Pagarán En Diez Mensualidades Anticipadas De $ 30 Cada Una59El Alumno Que Sea Retirado Del Instituto, Cualquiera Que Sea La Causa O Fundamento De Su Baja, No Tendrá Derecho A La Devolución De La Pensión Correspon­diente Al Mes En Que Se Cause Dicha Novedad60Tanto Los Alumnos Efectivos Comó Los Pensionados, Consignarán El Día De Su Ingreso, En La Contaduría De La Escuela, La Cantidad De Diez Pesos ($10) Como Depó­sito De Garantía Para El Pago De Los Elementos De La Nación Que Pierdan O Dañen61Los Jóvenes Que Sean Nombrados Cadetes Efectivos Deben Otorgar Una Fianza Ante La Dirección De La Escuela O Ante Una Notaría; En Este Último Caso Tienen La Obligación De Presentar La Copia Correspondiente A La Dirección62La Dirección Aceptará Como Fiadores, Únicamente A Aquellas Personas Que Conforme A Las Disposiciones Legales Acrediten Su Solvencia63Si Los Padres De Los Alumnos No Residen En La Capital, Tienen Que Acreditar Ante La Dirección De La Escuela Un Acudiente Domiciliado En La Ciudad64Todo Alumno Debe Presentar El Día Fijado Para El Ingreso, Y Mantener Durante Su Permanencia En El Instituto, El Siguiente Equipo De Prendas Particulares: Un Colchón De Lana, De 1,97 De Largo, Por 0,75 De Ancho Y 0,10 De Alto65Las Bajas De Alumnos Se Causan Por Solicitud Propia O Por Solicitud De La Dirección De La Escuela66Los Alumnos Que Hayan Salido De La Escuela Militar Por Mala Conducta, Falta De Aptitud Militar, Incumplimiento En Los Pagos, Pérdida Del Curso O Por Solicitud Propia Sin Causa Justificativa, No Podrán Ser Admitidos Nuevamente En El Instittuo, Ni Como Efectivos Ni Como Pensionados67El Número De Alumnos En Los Distintos Años Del Curso General No Podrá Pasar De Sesenta (60) En Cada Uno68Quedan Derogados Los Decretos Números 2434, 2200 Y 2201 De 1936, Y Las Demás Disposiciones Reglamentarias Que No Concuerden Con El Presente Decreto69Los Exámenes Y Promociones De Los Alumnos Que Cursan En La Escuela En El Presente Año Se Harán De Acuerdo Con Los Decretos 2434, 2200 Y 2201 De 1936
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