Micelio

Artículo 57

Los Alumnos, Tanto Efectivos Como Pensionados, Antes De Iniciarse Las Tareas De Cada Año, Pagarán Por Derecho De Matrícula La Cantidad De Diez Pesos ($10) Moneda Corriente, Que Consignarán En La Contaduría De La Escuela

Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los alumnos, tanto efectivos como pensionados, antes de iniciarse las tareas de cada año, pagarán por derecho de matrícula la cantidad de diez pesos ($10) moneda corriente, que consignarán en la Contaduría de la Escuela. PENSIONES

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1909 de 1938