Los alumnos que hayan salido de la Escuela Militar por mala conducta, falta de aptitud militar, incumplimiento en los pagos, pérdida del Curso o por solicitud propia sin causa justificativa, no podrán ser admitidos nuevamente en el Instittuo, ni como efectivos ni como pensionados. NUMERO DE ALUMNOS
Decreto 1909 de 1938 →Vigente
Artículo 66
Los Alumnos Que Hayan Salido De La Escuela Militar Por Mala Conducta, Falta De Aptitud Militar, Incumplimiento En Los Pagos, Pérdida Del Curso O Por Solicitud Propia Sin Causa Justificativa, No Podrán Ser Admitidos Nuevamente En El Instittuo, Ni Como Efectivos Ni Como Pensionados
Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.