Micelio

Artículo 43

Cuando Los Profesores Impongan Trabajos Escritos, De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 38 De Este Reglamento, Se Procederá Así: Durante El Desarrollo Del Trabajo Debe Estar Presente En El Salón De Clases, Además Del Profesor De La Materia, El Oficial Encargado Del Curso Para Supervigilar El Trabajo De Los Alumnos

Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando los profesores impongan trabajos escritos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de este reglamento, se procederá así: Durante el desarrollo del trabajo debe estar presente en el salón de clases, además del profesor de la materia, el Oficial encargado del Curso para supervigilar el trabajo de los alumnos. Sin este requisito no son válidas las calificaciones bimestrales. Es entendido que el Oficial que asiste al desarrollo de estos trabajos, no califica, pero sí deja constancia de su asistencia y de que los trabajos se han desarrollado en la forma prescrita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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