º. El Director de la Escuela podrá recibir directamente, del Ministerio de Educación, los informes que rindan los Inspectores de Educación Nacional sobre los resultados de las visitas practicadas, a fin de que proceda, en cada caso, a subsanar las deficiencias o irregularidades que se hayan, anotado en el desarrollo de los programas y planes de estudio. El Director informará a su vez al Comandante de la Brigada de Institutos Militares sobre las observaciones hechas y las reformas propuestas con el objeto de obtener la aprobación del Ministerio de Guerra. B-Curso Militar.
Decreto 1909 de 1938 →Vigente
Artículo 8
El Director De La Escuela Podrá Recibir Directamente, Del Ministerio De Educación, Los Informes Que Rindan Los Inspectores De Educación Nacional Sobre Los Resultados De Las Visitas Practicadas, A Fin De Que Proceda, En Cada Caso, A Subsanar Las Deficiencias O Irregularidades Que Se Hayan, Anotado En El Desarrollo De Los Programas Y Planes De Estudio
Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.