Micelio

Artículo 33

No Será Admitido Como Alumno De La Escuela Militar El Aspirante Que Obtenga Calificación Inferior A Seis (Más Que Regular), En Una Cualquiera De Las Materias Del Examen De Admisión, O Que No Haya Resultado Apto En El Examen Médico

Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No será admitido como alumno de la Escuela Militar el aspirante que obtenga calificación inferior a seis (más que regular), en una cualquiera de las materias del examen de admisión, o que no haya resultado apto en el examen médico. DE LA CALIFICACION DE LOS ALUMNOS Y DE SU PROMOCION AL AÑO INMEDIATAMENTE SUPERIOR

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1909 de 1938