Micelio

Artículo 22

Para Ingresar Al Primer Año Del Curso Militar, Se Requiere: A) Ser Nacional Colombiano Por Nacimiento

Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ingresar al primer año del Curso Militar, se requiere

a)

Ser nacional colombiano por nacimiento.

b)

Haber hecho los estudios del bachillerato oficial.

c)

Tener buena salud y constitución compatible con el servicio de las armas.

d)

Edad no menor de 19 años ni mayor de 21.

e)

Antecedentes acreditados de honorabilidad y buena conducta.

f)

Estar soltero y permanecer en ese estado mientras sea alumno del Instituto. ADMISION DE ALUMNOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1909 de 1938