Para que un alumno pueda ser promovido al año inmediatamente superior, es necesario que haya obtenido una calificación no menor de siete (buena), en conducta, espíritu militar y aptitud para el mando; y no menor de seis (más que regular), en cada una de las asignaturas de estudio y ramos del servicio.
Decreto 1909 de 1938 →Vigente
Artículo 48
Para Que Un Alumno Pueda Ser Promovido Al Año Inmediatamente Superior, Es Necesario Que Haya Obtenido Una Calificación No Menor De Siete (Buena), En Conducta, Espíritu Militar Y Aptitud Para El Mando; Y No Menor De Seis (Más Que Regular), En Cada Una De Las Asignaturas De Estudio Y Ramos Del Servicio
Decreto 1909 de 1938 · Por el cual se reglamentan los estudios y las condiciones de admisión de los alumnos de la Escuela Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.