Micelio
DecretoVigente

Decreto 2467 de 2018

por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos

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01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Artículo 12: Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones3Las Disposiciones Generales Del Presente Decreto Son Complementarias De Las Leyes 38 De 1989, 179 De 1994, 225 De 1995, 819 De 2003, 1473 De 2011 Y 1508 De 2012 Y Demás Normas De Carácter Orgánico Y Deben Aplicarse En Armonía Con Estas4La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Informará A Los Diferentes Órganos Las Fechas De Perfeccionamiento Y Desembolso De Los Recursos Del Crédito Interno Y Externo De La Nación5El Gobierno Nacional A Través De La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Podrá Realizar Sustituciones En El Portafolio De Inversiones Con Entidades Descentralizadas, Sin Efectuar Operación Presupuestal Alguna, De Conformidad Con Las Normas Legales Vigentes6Los Ingresos Corrientes De La Nación Y Aquellas Contribuciones Y Recursos Que En Las Normas Legales No Se Haya Autorizado Su Recaudo Y Manejo A Otro Órgano, Deben Consignarse En La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público7El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público A Través De La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Fijará Los Criterios Técnicos Y Las Condiciones Para El Manejo De Los Excedentes De Liquidez Y Para La Ejecución De Operaciones De Cubrimiento De Riesgos, Acorde Con Los Objetivos Monetarios, Cambiarios Y De Tasa De Interés A Corto Y Largo Plazo8El Gobierno Nacional Podrá Emitir Títulos De Tesorería, Tes, Clase “b”, Con Base En La Facultad De La Ley 51 De 1990 De Acuerdo Con Las Siguientes Reglas: No Contarán Con La Garantía Solidaria Del Banco De La República; El Estimativo De Los Ingresos Producto De Su Colocación Se Incluirá En El Presupuesto General De La Nación Como Recursos De Capital, Con Excepción De Los Provenientes De La Colocación De Títulos Para Operaciones Temporales De Tesorería Y Los Que Se Emitan Para Regular La Liquidez De La Economía; Sus Rendimientos Se Atenderán Con Cargo Al Presupuesto General De La Nación Con Excepción De Los Que Se Emitan Para Regular La Liquidez De La Economía Y Los Que Se Emitan Para Operaciones Temporales De Tesorería; Su Redención Se Atenderá Con Cargo A Los Recursos Del Presupuesto General De La Nación, Con Excepción De Las Operaciones Temporales De Tesorería, Y Los Que Se Emitan Para Regular La Liquidez De La Economía; Podrán Ser Administrados Directamente Por La Nación; Podrán Ser Denominados En Moneda Extranjera; Su Emisión Solo Requerirá Del Decreto Que La Autorice, Fije El Monto Y Sus Condiciones Financieras; La Emisión Destinada A Financiar Las Apropiaciones Presupuestales Estará Limitada Por El Monto De Estas; Su Emisión No Afectará El Cupo De Endeudamiento9Los Rendimientos Financieros Originados Con Recursos De La Nación, Deben Consignarse En La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público10Facúltese A La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Que Realice Las Siguientes Operaciones: Compra Y Venta De Títulos Valores Emitidos Por La Nación, El Banco De La República, Fondo De Garantías De Instituciones Financieras (Fogarín), Entidades Sujetas Al Control Y Vigilancia De La Superintendencia Financiera De Colombia Y Otros Gobiernos Y Tesorerías; Compra De Deuda De La Nación; Compras Con Pacto De Retroventa Operaciones Repo, Simultáneas Y Transferencia Temporal De Valores Con Entidades Públicas Y Con Entidades Financieras Sujetas Al Control Y Vigilancia De La Superintendencia Financiera De Colombia; Depósitos Remunerados E Inversiones Financieras En Entidades Sujetas Al Control Y Vigilancia De La Superintendencia Financiera De Colombia; Depósitos A Término Y Compras De Títulos Emitidos Por Entidades Bancarias Y Financieras Del Exterior; Inversiones En Instrumentos Del Mercado Monetario Administrados Por Entidades Financieras Del Exterior, Operaciones De Cubrimiento De Riesgos; Préstamos Transitorios A Dicha Dirección General Cuyo Plazo Se Podrá Prorrogar Antes De Su Vencimiento, Depósitos En Administración De Recursos De Las Entidades Estatales De Cualquier Orden, Eventos Que No Implica Unidad De Caja; Préstamos De Títulos Valores A La Citada Dirección A Tasas De Mercado; Y Las Demás Que Autorice El Gobierno Nacional11La Liquidación De Los Excedentes Financieros De Que Trata El Estatuto Orgánico Del Presupuesto, Que Se Efectúen En La Vigencia Del Presente Decreto, Se Hará Con Base En Una Proyección De Los Ingresos Y De Los Gastos Para La Vigencia Siguiente A La De Corte De Los Estados Financieros, En Donde Se Incluyen Además Las Cuentas Por Cobrar Y Por Pagar Exigibles No Presupuestadas, Las Reservas Presupuestales, Así Como La Disponibilidad Inicial (Caja, Bancos E Inversiones)12Los Títulos Que Se Emitan Para Efectuar Transferencia Temporal De Valores En Los Términos Del Artículo 146 De La Ley 1753 De 2015, Solo Requerirán Del Decreto Que Lo Autorice, Fije El Monto Y Sus Condiciones Financieras13A Más Tardar El 15 Enero De 2019, Los Órganos Que Conforman El Presupuesto General De La Nación Deben Realizar De Forma Definitiva La Imputación Por Concepto De Ingresos A Que Corresponden Los Registros Detallados De Recaudos De Su Gestión Financiera Pública A 31 De Diciembre Del Año Anterior En El Sistema Integrado De Información Financiera - Siif Nación14Las Afectaciones Al Presupuesto Se Harán Teniendo En Cuenta La Prestación Principal Originada En Los Compromisos Que Se Adquieran Y Con Cargo A Este Rubro Se Cubrirán Los Demás Costos Inherentes O Accesorios15Prohíbase Tramitar Actos Administrativos U Obligaciones Que Afecten El Presupuesto De Gastos Cuando No Reúnan Los Requisitos Legales O Se Configuren Como Hechos Cumplidos16Para Proveer Empleos Vacantes Se Requerirá El Certificado De Disponibilidad Presupuestal Por La Vigencia Fiscal De 2019, Por Medio De Este, El Jefe De Presupuesto O Quien Haga Sus Veces Garantizará La Existencia De Los Recursos Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 2019, Por Todo Concepto De Gastos De Personal, Salvo Que El Nombramiento Sea En Reemplazo De Un Cargo Provisto O Creado Durante La Vigencia, Para Lo Cual Se Deberá Expedir El Certificado De Disponibilidad Presupuestal Por Lo Que Resta Del Año Fiscal17La Solicitud De Modificación A Las Plantas De Personal Requerirá Para Su Consideración Y Trámite, Por Parte Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Dirección General Del Presupuesto Público Nacional, Los Siguientes Requisitos: 118Los Recursos Destinados A Programas De Capacitación Y Bienestar Social No Pueden Tener Por Objeto Crear O Incrementar Salarios, Bonificaciones, Sobresueldos, Primas, Prestaciones Sociales, Remuneraciones Extralegales O Estímulos Pecuniarios Ocasionales Que La Ley No Haya Establecido Para Los Servidores Públicos, Ni Servir Para Otorgar Beneficios Directos En Dinero O En Especie19La Constitución Y Funcionamiento De Las Cajas Menores En Los Órganos Que Conforman El Presupuesto General De La Nación, Y En Las Entidades Nacionales Con Régimen Presupuestal De Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Con Carácter No Financiero, Respecto De Los Recursos Que Le Asigna La Nación, Se Rigen Por El Decreto 1068 De 2015 Y Demás Normas Que Lo Modifiquen O Adicionen20Artículo 2021Los Órganos De Que Trata El Artículo 3° Del Presente Decreto Podrán Pactar Anticipos Únicamente Cuando Cuenten Con Programa Anual Mensualizado De Caja (Pac) De La Vigencia, Aprobado Por El Confis22El Gobierno Nacional En El Decreto De Liquidación Clasificará Los Ingresos Y Gastos Y Definirá Estos Últimos23El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Dirección General Del Presupuesto Público Nacional, De Oficio O A Petición Del Jefe Del Órgano Respectivo, Hará Por Resolución Las Aclaraciones Y Correcciones De Leyenda Necesarias Para Enmendar Los Errores De Transcripción Y Aritméticos Que Figuren En El Presupuesto General De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 201924Artículo 2425Cuando Los Órganos Que Hacen Parte Del Presupuesto General De La Nación Celebren Contratos Entre Sí, Que Afecten Sus Presupuestos, Con Excepción De Los De Crédito, Harán Los Ajustes Mediante Resoluciones Del Jefe Del Órgano Respectivo26Salvo Lo Dispuesto Por El Artículo 47 De La Ley 1450 De 2011, Ningún Órgano Podrá Contraer Compromisos Que Impliquen El Pago De Cuotas A Organismos Internacionales Con Cargo Al Presupuesto General De La Nación, Sin Que Exista La Ley Aprobatoria De Tratados Públicos O Que El Presidente De La República Haya Autorizado Su Aplicación Provisional En Los Términos Del Artículo 224 De La Constitución Política27Los Órganos Que Conforman El Presupuesto General De La Nación Deben Reintegrar, Dentro Del Primer Trimestre De 2019, A La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Los Recursos De La Nación, Y A Sus Tesorerías Cuando Correspondan A Recursos Propios, Que No Estén Amparando Compromisos U Obligaciones, Y Que Correspondan A Apropiaciones Presupuestales De Vigencias Fiscales Anteriores, Incluidos Sus Rendimientos Financieros, Diferencial Cambiario, Y Demás Réditos Originados En Aquellos, Con El Soporte Correspondiente28Cuando Exista Apropiación Presupuestal En El Servicio De La Deuda Pública Podrán Efectuarse Anticipos En El Pago De Operaciones De Crédito Público29La Representación Legal Y La Ordenación Del Gasto Del Servicio De La Deuda Están A Cargo Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público O De Quien Este Delegue, Según Las Disposiciones De La Ley Orgánica Del Presupuesto30Los Gastos Que Sean Necesarios Para La Administración, Consecución Y Servicio De Las Operaciones De Crédito Público, Las Asimiladas A Ellas, Las Propias Del Manejo De La Deuda Incluyendo Las Operaciones De Tesorería Del Tesoro Nacional, Las Operaciones Conexas Y Las Demás Relacionadas Con Los Recursos Del Crédito Serán Atendidos Con Cargo A Las Apropiaciones Del Servicio De La Deuda Pública31A Través Del Sistema Integrado De Información Financiera Siif - Nación Se Constituirán Con Corte A 31 De Diciembre De 2018 Las Reservas Presupuestales Y Cuentas Por Pagar De Cada Una De Las Secciones Del Presupuesto General De La Nación, A Las Que Se Refiere El Artículo 89 Del Estatuto Orgánico Del Presupuesto32Las Entidades Que Hacen Parte Del Presupuesto General De La Nación Y Que Administran Recursos Para El Pago De Pensiones Podrán Constituir Reservas Presupuestales O Cuentas Por Pagar Con Los Saldos De Apropiación Que A 31 De Diciembre Se Registren En El Sistema Integrado De Información Financiera Siif - Nación Para Estos Propósitos33En Lo Relacionado Con Las Cuentas Por Pagar Y Las Reservas Presupuestales, El Presupuesto Inicial Correspondiente A La Vigencia Fiscal De 2019 Cumple Con Lo Establecido En El Artículo 31 De La Ley 344 De 1996 Y El Artículo 9° De La Ley 225 De 199534Las Autorizaciones Otorgadas Por El Consejo Superior De Política Fiscal (Confis), O Quien Este Delegue Para La Asunción De Obligaciones Que Afecten Presupuestos De Vigencias Futuras Deberán Respetar, En Todo Momento, Las Condiciones Sobre Las Cuales Se Otorgó35En Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y En Las Sociedades De Economía Mixta Sujetas Al Régimen De Aquellas, Los Gastos Relacionados Con La Adquisición De Bienes Y Servicios Necesarios Para Los Procesos De Producción, Transformación Y Comercialización Se Clasificarán Como Proyectos De Inversión36Los Cupos Anuales Autorizados Para Asumir Compromisos De Vigencias Futuras No Utilizados A 31 De Diciembre Del Año En Que Se Concede La Autorización Caducan, Salvo En Los Casos Previstos En El Inciso 2° Del Artículo 8° De La Ley 819 De 200337Los Gastos Incluidos En El Presupuesto Para La Vigencia Fiscal De 2019 Se Clasifican De La Siguiente Forma: A - Funcionamiento 01 Gastos De Personal 01 01 Planta De Personal Permanente 01 01 01 Salario 01 01 02 Contribuciones Inherentes A La Nómina 01 01 03 Remuneraciones No Constitutivas De Factor Salarial 01 01 04 Otros Gastos De Personal-Previo Concepto Dgppn 01 02 Personal Supernumerario Y Planta Temporal 01 02 01 Salario 01 02 02 Contribuciones Inherentes A La Nómina 01 02 03 Remuneraciones No Constitutivas De Factor Salarial 01 02 04 Otros Gastos De Personal-Previo Concepto Dgppn 02 Adquisición De Bienes Y Servicios 02 01 Adquisición De Activos No Financieros 02 02 Adquisiciones Diferentes De Activos 03 Transferencias Corrientes 04 Transferencias De Capital 05 Gastos De Comercialización Y Producción 06 Adquisición De Activos Financieros 07 Disminución De Pasivos 08 Gastos Por Tributos, Multas, Sanciones E Intereses De Mora B - Servicio De La Deuda Pública 09 Servicio De La Deuda Pública Externa 10 Servicio De La Deuda Pública Interna C – Inversión Capítulo Vi Definición De Los Gastos38Los Gastos Incluidos En El Presupuesto Para La Vigencia Fiscal 2019 Se Definen De La Siguiente Forma: A40El Servidor Público Que Reciba Una Orden De Embargo Sobre Los Recursos Incorporados En El Presupuesto General De La Nación, Incluidas Las Transferencias Que Hace La Nación A Las Entidades Territoriales, Está Obligado A Efectuar Los Trámites Correspondientes Para Solicitar Su Desembargo41Los Órganos A Que Se Refiere El Artículo 3° Del Presente Decreto Pagarán Los Fallos De Tutela Con Cargo Al Rubro Que Corresponda A La Naturaleza Del Negocio Fallado, Igualmente, Los Contratos De Transacción Se Imputarán Con Cargo Al Rubro Afectado Inicialmente Con El Respectivo Compromiso42La Fiscalía General De La Nación, La Policía Nacional, El Ejército Nacional, La Armada Nacional, La Fuerza Aérea Y La Unidad Nacional De Protección, Deben Cubrir Con Cargo A Sus Respectivos Presupuestos, Los Gastos Del Personal Vinculado A Dichos Órganos Y Que Conforman Los Grupos De Acción Unificada Por La Libertad Personal (Gaula), A Que Se Refiere La Ley 282 De 199643Las Obligaciones Por Concepto De Servicios Médico-Asistenciales, Servicios Públicos Domiciliarios, Gastos De Operación Aduanera, Comunicaciones, Transporte Y Contribuciones Inherentes A La Nómina, Causados En El Último Bimestre De 2018, Se Pueden Pagar Con Cargo A Las Apropiaciones De La Vigencia Fiscal De 201944Autorícese A La Nación Y Sus Entidades Descentralizadas, Para Efectuar Cruces De Cuentas Entre Sí, Con Entidades Territoriales Y Sus Descentralizadas Y Con Las Empresas De Servicios Públicos Con Participación Estatal, Sobre Las Obligaciones Que Recíprocamente Tengan Causadas45El Porcentaje De La Cesión Del Impuesto A Las Ventas Asignado A Las Cajas Departamentales De Previsión Y Al Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio, Con Destino Al Pago De Las Cesantías Definitivas Y Pensiones Del Personal Docente Nacionalizado, Continuará Pagándose Tomando Como Base Los Convenios Suscritos En Virtud De Lo Dispuesto En La Ley 91 De 198946La Ejecución De Los Recursos Que Se Giran Al Fondo Nacional De Pensiones De Las Entidades Territoriales (Fonpet), Con Cargo Al Presupuesto General De La Nación, Se Realizará Por Medio De Resolución Expedida Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Ordenando El Giro De Los Recursos47Sin Perjuicio De Lo Establecido En Las Normas Vigentes Para El Pago De La Deuda Correspondiente Al Pasivo Pensional De Las Entidades Territoriales Con El Fomag Y De Los Recursos Asignados En El Presupuesto General De La Nación, Durante La Vigencia Fiscal 2019 Y En Cumplimiento Del Parágrafo 2° Del Artículo 18 De La Ley 715 De 2001, El Fonpet Deberá Girar Al Fomag Como Amortización De La Deuda Pensional De Los Entes Territoriales Los Recursos Acumulados Por Cada Una De Ellas En El Sector Educación Del Fonpet, Sólo Teniendo En Cuenta El Valor Del Pasivo Pensional Registrado En El Sistema De Información Del Fondo Y Las Necesidades De Financiamiento De La Nómina De Pensionados Que Determine El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público48En Cumplimiento De Lo Dispuesto, Por La Ley 643 De 2001 Para El Caso De Los Municipios Y Por La Ley 1753 De 2015 Para Todas Las Entidades Territoriales, El Fonpet Deberá Efectuar El Giro De Recursos Acumulados En El Sector Salud A 31 De Diciembre De 2018, A La Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud (Adres), Correspondiente A Las Entidades Territoriales Para Las Cuales, A Esa Misma Fecha De Corte, Se Haya Determinado La No Existencia De Pasivos Pensionales Del Sector Salud O Que Los Mismos Se Encuentren Totalmente Financiados, De Acuerdo Con El Registro En El Sistema De Información Del Fonpet, Según Los Requerimientos De Cofinanciación Del Gasto Corriente Del Régimen Subsidiado Y La Programación De Caja, Que Establezca El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público49Los Retiros De Recursos De Las Cuentas De Las Entidades Territoriales En El Fonpet Para El Pago De Bonos Pensionales O Cuotas Partes De Bonos Pensionales Y Cuotas Partes Pensionales, Se Efectuarán De Conformidad Con La Normativa Vigente, Sin Que La Entidad Territorial Requiera Acreditar Previamente La Incorporación En Su Presupuesto50Las Entidades Estatales Podrán Constituir Mediante Patrimonio Autónomo Los Fondos A Que Se Refiere El Artículo 107 De La Ley 42 De 199351Artículo 5152Con Los Ingresos Corrientes Y Excedentes De La Subcuenta De Solidaridad Del Fondo De Solidaridad Pensional Se Podrán Financiar Programas De La Subcuenta De Subsistencia De Dicho Fondo, Para La Protección De Las Personas En Estado De Indigencia O De Pobreza Extrema, En Los Términos Del Decreto 3771 De 2007, Compilado Por El Decreto 1833 De 2016 Y Las Normas Que Lo Modifiquen O Adicionen53Con El Fin De Financiar El Sistema General De Seguridad Social En Salud, En Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo 48 De La Constitución Política Y El Artículo 9° De La Ley 1122 De 2007, Para La Vigencia 2019 Se Presupuestarán En El Presupuesto General De La Nación Los Ingresos Corrientes Y Excedentes De Los Recursos De Que Trata El Artículo 254Las Entidades Responsables De La Reparación Integral A La Población Víctima Del Conflicto Armado, Del Orden Nacional, Darán Prioridad En La Ejecución De Sus Respectivos Presupuestos, A La Atención De Dicha Población Y En Especial A La Población En Situación De Desplazamiento Forzado Y A La Población Étnica Víctima De Desplazamiento, En Cumplimiento De La Ley 1448 De 2011 Y A Lo Ordenado Por La Corte Constitucional En La Sentencia T-025 De 2004 Y Sus Autos De Seguimiento55Las Entidades Encargadas De Ejecutar La Política De Víctimas De Que Trata La Ley 1448 De 2011, Especificarán En El Sistema Integrado De Información Financiera Siif-Nación, En El Sistema Unificado De Inversiones Y Finanzas Públicas (Suifp), Y En Los Demás Aplicativos Que Para Este Propósito El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y El Departamento Nacional De Planeación Desarrollen, Los Rubros Que Dentro De Su Presupuesto Tienen Como Destino Beneficiar A La Población Víctima, Así Como Los Derechos A Los Que Contribuye Para Su Goce Efectivo56Artículo 5657Bajo La Coordinación De La Unidad Para La Atención Y Reparación Integral A Las Víctimas Y El Departamento Nacional De Planeación, Los Órganos Que Integran El Presupuesto General De La Nación Encargados De Las Iniciativas En El Marco De La Política Pública De Asistencia, Atención Y Reparación Integral A La Población Víctima, Adelantarán La Focalización Y Municipalización Indicativa Del Gasto De Inversión Destinado A Dicha Población, En Concordancia Con La Ley 1448 De 2011 Y La Reglamentación Vigente58Artículo 5859Los Hogares Beneficiarios Del Subsidio Familiar De Vivienda Podrán Aplicar Este Subsidio En Cualquier Parte Del País O Modalidad De Solución De Vivienda, Tanto En Zona Urbana Como Rural, Independiente De La Modalidad A La Cual Se Postuló O Asignó, Siempre Y Cuando Sean Población Desplazada Y No Se Encuentren Vinculados A Planes De Vivienda Elegibles Destinados A Esta Población60Sin Perjuicio De La Responsabilidad Fiscal Y Disciplinaria A Que Haya Lugar, Cuando En Vigencias Anteriores No Se Haya Realizado El Pago De Obligaciones Adquiridas Con Las Formalidades Previstas En El Estatuto Orgánico Del Presupuesto Y Demás Normas Que Regulan La Materia, Y Sobre Los Mismos No Se Haya Constituido La Reserva Presupuestal O La Cuenta Por Pagar Correspondiente, Se Podrá Hacer El Pago Bajo El Concepto De “pago De Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas”61En Los Presupuestos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y El Departamento Nacional De Planeación Se Incluirá Una Apropiación Con El Objeto De Atender Los Gastos, En Otras Secciones Presupuestales, Para La Prevención Y Atención De Desastres, Atención, Asistencia Y Reparación Integral A Las Víctimas Del Conflicto Armado Interno, Así Como Para Financiar Programas Y Proyectos De Inversión Que Se Encuentren Debidamente Registrados En El Banco Nacional De Programas Y Proyectos De Conformidad Con El Artículo 68 Del Estatuto Orgánico Del Presupuesto, Sin Cambiar Su Destinación Y Cuantía, En Los Términos De La Sentencia De La Corte Constitucional C-006/1262Las Asignaciones Presupuestales Del Fondo De Tecnología De La Información Y Las Comunicaciones (Fontic) Incluyen Los Recursos Necesarios Para Cubrir El Importe De Los Costos En Que Incurra El Operador Oficial De Los Servicios De Franquicia Postal Y Telegráfica Para La Prestación De Estos Servicios A Los Órganos Que Hacen Parte Del Presupuesto General De La Nación63Los Órganos Que Hacen Parte Del Presupuesto General De La Nación Solo Podrán Solicitar La Situación De Los Recursos Aprobados En El Programa Anual De Caja A La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional, Cuando Hayan Recibido Los Bienes Y/O Servicios O Se Tengan Cumplidos Los Requisitos Que Hagan Exigible Su Pago64Con El Fin De Garantizar El Flujo Efectivo De Recursos En El Sistema General De Seguridad Social En Salud, El Ministerio De Salud Y Protección Social O La Entidad Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Girará Directamente, A Nombre De Las Entidades Territoriales, La Unidad De Pago Por Capitación A Las Entidades Promotoras De Salud O A Las Instituciones Prestadoras De Salud De Los Distritos Y Los Municipios De Más De Cien Mil Habitantes (10065Cuando Se Extiendan Los Efectos De Una Sentencia De Unificación Jurisprudencial Dictada Por El Consejo De Estado De Conformidad Con Lo Dispuesto Con El Artículo 102 Del Código De Procedimiento Administrativo Y De Lo Contencioso Administrativo, En Virtud De La Autonomía Presupuestal Consagrada En El Artículo 110 Del Estatuto Orgánico Del Presupuesto, La Operación Presupuestal A Que Haya Lugar Será Responsabilidad Del Jefe De Cada Órgano Y Su Pago Se Imputará Al Rubro Que Lo Generó66Artículo 6667Las Entidades Que Forman Parte Del Presupuesto General De La Nación Destinarán Recursos De Sus Presupuestos Para Financiar Los Estudios Y Diseños De Obras Que Se Pretendan Realizar En Las Regiones Con Municipios De 4, 5 Y 6 Categoría68Las Entidades Estatales Que Tienen A Cargo La Asignación De Recursos Físicos Para Los Esquemas De Seguridad De Personas En Virtud Del Cargo, Podrán Celebrar Convenios O Contratos Interadministrativos Con La Unidad Nacional De Protección O Con La Policía Nacional, Con Sujeción A Las Normas Vigentes, Para La Asunción De Los Diferentes Esquemas De Seguridad69Las Entidades Que Hacen Parte Del Presupuesto General De La Nación Que Celebren Contratos Y Convenios Interadministrativos Con Entidades Del Orden Territorial, Y En Donde Se Ejecuten Recursos De Partidas Que Correspondan A Inversión Regional, Exigirán Que Para La Ejecución De Dichos Proyectos, La Entidad Territorial Publique Previamente El Proceso De Selección Que Adelante En El Sistema Electrónico Para La Contratación Pública (Secop), Y Sólo Se Podrán Contratar Con Pliegos Tipo Establecidos Por El Gobierno Nacional70Los Pagos Por Menores Tarifas Del Sector Eléctrico Y De Gas Que Se Causen Durante La Vigencia Del Presente Decreto, Podrán Ser Girados Por El Ministerio De Minas Y Energía, Con Base En La Proyección De Costos Realizada Con La Información Aportada Por Los Prestadores Del Servicio, O A Falta De Ella, Con Base En La Información Disponible71Artículo 7172Para Efectos De Atenuar En El Mercado Interno El Impacto De Las Fluctuaciones De Los Precios De Los Combustibles En Los Mercados Internacionales, Conforme Lo Disponen Los Artículos 69 De La Ley 1151 De 2007 Y 101 De La Ley 1450 De 2011, El Ministerio De Minas Y Energía Podrá Autorizar La Importación De Combustibles Con Las Calidades Del País De Origen Para Ser Distribuidos De Manera Exclusiva En Los Municipios Reconocidos Por El Gobierno Nacional Como Zonas De Frontera73La Subcuenta Denominada Departamento Archipiélago De San Andrés, Providencia Y Santa Catalina, Creada En El Fondo Nacional De Gestión De Riesgo De Desastres, Continuará Durante La Vigencia Del Presente Decreto Apoyando El Financiamiento De Programas Y Proyectos De Inversión Sustentables Y Resilientes Para El Conocimiento, La Prevención Y La Reducción De Riesgos; Y Para La Atención De Las Necesidades Que Surjan Por La Ocurrencia De Un Hecho O Circunstancia Que Genere Un Efecto Económico Y Social Adverso De Carácter Prolongado, Así Como Para Los Recursos Destinados Al Cumplimiento De Programas Estratégicos, Que Para El Efecto Defina El Gobierno Nacional, En Coordinación Con Las Autoridades Departamentales Y Municipales, Para El Archipiélago De San Andres, Providencia Y Santa Catalina74Los Recursos Apropiados En La Unidad Nacional De Protección Son Para Cubrir La Totalidad Del Gasto De Protección Del 1° De Enero Hasta El 31 De Diciembre De 2019, En Consecuencia, El Consejo De Estudio De Riesgos Y Recomendaciones De Medidas (Cerrem) No Podrá Ordenar La Implementación De Medidas De Protección A Cargo De La Unidad Nacional De Protección Sino Hasta El Monto De Las Apropiaciones Contenidas En La Ley Anual De Presupuesto Para Dicha Entidad75Como Requisito Para La Aprobación De Nuevos Registros Calificados O Para La Renovación De Los Existentes, El Ministerio De Educación Nacional Deberá Verificar Que Los Recursos Para El Desarrollo De Los Mismos Cuenten Con Apropiación Presupuestal Disponible, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 71 Del Estatuto Orgánico Del Presupuesto76El Ministerio De Educación Nacional Apoyará El Programa De Alimentación Escolar (Pae) De Que Trata El Artículo 7677Durante La Vigencia Fiscal 2019, El Gobierno Nacional Podrá Concurrir Con Colpensiones En El Pago De Las Costas Judiciales Y Agencias En Derecho De Los Procesos Judiciales Que Por Concepto De Prestaciones Pensionales Condenaron Al Extinto Instituto De Seguros Sociales78Durante La Vigencia Del Presente Decreto, Los Gastos De Funcionamiento Del Servicio Social Complementario De Beneficios Económicos Periódicos (Beps) De Que Trata La Ley 1328 De 2009, Será Asumido Por La Administradora Colombiana De Pensiones (Colpensiones), Con Cargo A Sus Excedentes Financieros79La Nación, A Través De La Oficina De Bonos Pensionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y La Administradora Colombiana De Pensiones (Colpensiones), En Virtud Del Artículo 280Las Entidades Responsables Del Sistema Penitenciario Y Carcelario Del País Del Orden Nacional, Darán Prioridad En La Ejecución Con Sus Respectivos Presupuestos, A La Atención Integral A La Población Penitenciaria Y Carcelaria, En Cumplimiento De Las Sentencias De La Corte Constitucional T-388 De 2013 Y T-762 De 201581De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 255 De La Ley 1753 De 2015, La Progresividad En La Compensación Del Impuesto Predial A Los Municipios Donde Existen Territorios Colectivos De Comunidades Negras, Para El Año 2019 Será De Hasta El 75% Del Valor A Compensar, Teniendo En Cuenta Para Su Liquidación El Valor Del Avalúo Para La Vigencia Fiscal 2018, Certificado Por La Autoridad Competente, Por La Tarifa Promedio Ponderada Determinada Por El Respectivo Municipio82Con El Ánimo De Garantizar El Derecho Al Pago Oportuno De Las Mesadas Pensionales, Colpensiones Podrá Recurrir A Los Recursos De Liquidez Propios Con El Propósito De Atender El Pago De Las Obligaciones En Los Artículos 137 Y 138 De La Ley 100 De 199383Artículo 8384Artículo 8485Artículo 8586Asistencia Y Representación Judicial De Entidades Públicas87Con El Propósito De Evitar Una Doble Presupuestación, La Superintendencia De Notariado Y Registro Girará Directamente Los Recaudos De La Ley 55 De 1985 Por Concepto De Los Ingresos Provenientes De Los Derechos Por Registro De Instrumentos Públicos Y Otorgamiento De Escrituras En Los Porcentajes Que Establece La Normatividad Vigente A La Rama Judicial, La Fiscalía, Uspec, Ministerio De Justicia Y Del Derecho Y El Icbf, Con Cargo A Los Valores Presupuestados En Cada Una De Ellas, Con Esta Fuente88Ejecución Programas Y Proyectos De Inversión Por Las Ffmm89Artículo 8990El Ministerio De Minas Y Energía Reconocerá Las Obligaciones Por Consumo De Energía Hasta Por El Monto De Las Apropiaciones De La Vigencia Fiscal, Financiadas Con Los Recursos Del Fondo De Energía Social (Foes)91Los Excedentes De Liquidez Que Resulten De La Administración De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud, A Través De La Adres, Podrán Ser Manejados Por La Nación O Por Una Entidad Fiduciaria Estatal O Con Participación Mayoritaria De La Nación92La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Podrá Disponer Transitoriamente Del Portafolio Conformado Con Los Recursos De Que Trata El Artículo 5° De La Ley 448 De 199893Artículo 9394El Pago De Los Contratos Y Convenios Necesarios Para La Asesoría Y Estructuración De Operaciones De Crédito Público, Asimiladas A Estas Y Conexas A Todas Las Anteriores, Incluyendo La Asesoría Y Estructuración De Las Operaciones Del Tesoro Nacional Y Sus Conexas, Así Como Los Costos Asociados A La Administración De Títulos Valores Emitidos Por La Nación, Se Podrán Atender Con Cargo Al Servicio De La Deuda Pública95La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Trasladará Directamente, Sin Operación Presupuestal, Los Recursos De La Cuenta Especial Fondes Al Fondo Nacional Para El Desarrollo De La Infraestructura (Fondes), Administrado Por La Financiera De Desarrollo Nacional (Fdn)96La Nación Podrá Otorgar Los Avales O Garantías A Las Operaciones De Financiamiento Que Realicen Las Entidades En El Marco De La Cofinanciación De La Que Trata El Inciso 2° Del Artículo 14 De La Ley 86 De 1989, Modificada Por El Artículo 31 De La Ley 1753 De 201597Durante La Vigencia Del Presente Decreto, Se Podrán Destinar A Proyectos De Ampliación De Cobertura En Zonas Rurales Y/O No Interconectadas Que Se Financien Con Los Fondos Faer Y Fazni, Y A Pagos Por Menores Tarifas Del Sector Eléctrico, Los Recursos Disponibles Y Sin Comprometer Del Programa De Normalización De Redes Eléctricas (Prone)98Artículo 9899Artículo 99100Artículo 100101Los Órganos Que Hacen Parte De Presupuesto General De La Nación Y Las Demás Entidades Estatales Deberán Cubrir Con Cargo A Sus Respectivos Presupuestos, Los Gastos De Los Traslados Terrestres, Aéreos, Marítimos Y Fluviales Que Requieran Para Su Funcionamiento, Atención De Emergencias No Misionales, Gestiones De Coordinación Y Todas Aquellas Actividades Que Requieran Para El Desarrollo De Sus Funciones102La Nación Podrá Emitir Bonos En Condiciones De Mercado U Otros Títulos De Deuda Pública Para Pagar Las Obligaciones Financieras A Su Cargo Causadas O Acumuladas, Para Sanear Los Pasivos Correspondientes A Las Cesantías De Las Universidades Estatales, A Que Se Refiere El Artículo 88 De La Ley 30 De 1992, Del Personal Administrativo Y Docente No Acogidos Al Nuevo Régimen Salarial103El Gobierno Nacional En Atención A La Emergencia Social Que Se Viene Presentando En La Frontera Con Venezuela, Asignará Los Recursos En La Vigencia Fiscal A Través De La Unidad Nacional Para La Gestión Del Riesgo De Desastres104La Dirección General De Crédito Público Y Del Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Aprobará Las Valoraciones De Las Obligaciones Contingentes Que Realicen Las Entidades Estatales Sujetas Al Régimen De Contingencias Establecido En La Ley 448 De 1998, Sólo Cuando El Fondo De Contingencias Sea Uno De Los Mecanismos Utilizados Para Atender El Pago De Sus Obligaciones Contingentes105Artículo 105106Artículo 106107Verificación Del Registro De Proyectos Cofinanciados108Extiéndase El Término De La Vigencia Del Programa De Normalización De Redes (Prone) Y Del Fondo De Apoyo Financiero Para La Energización De Las Zonas Rurales Interconectadas - Faer, Administrados Por El Ministerio De Minas Y Energía, O Por Quien Este Delegue, Hasta El 31 De Diciembre De 2019109Los Excedentes De Peajes Y Derechos De Pista Generados En Los Proyectos De Concesión, Desde El Alcance Del Ingreso Esperado Hasta La Reversión Del Proyecto Al Instituto Nacional De Vías O A La Aeronáutica Civil, Incluidos Los Rendimientos Financieros, Serán Consignados Por La Agencia Nacional De Infraestructura En La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público110Con El Fin De Propiciar La Preservación Y Conservación Del Orden Público, Así Como La Convivencia Y La Participación De Las Diferentes Comunidades Étnicas En Los Procesos De Desarrollo Regional Y Local, Se Destinarán Al Ministerio Del Interior Hasta $27111Para El Otorgamiento De La Garantía De La Nación A Las Operaciones De Crédito De Corto Y De Largo Plazo Que Pretenda Celebrar El Fondo Empresarial De La Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios, Del Que Trata El Artículo 247 De La Ley 1450 De 2011, Modificado Por El Artículo 227 De La Ley 1753 De 2015, No Será Necesario Ningún Otro Trámite O Requisito Diferente A Lo Siguiente: A) Concepto Favorable Del Consejo Nacional De Política Económica Y Social (Con­pes), Respecto Del Otorgamiento De La Garantía Por Parte De La Nación112Para Garantizar El Pago Del Personal Docente Y Administrativo De Las Instituciones Educativas Públicas, Las Contribuciones Inherentes A La Nómina Y Sus Prestaciones Sociales, Durante La Presente Vigencia Fiscal El Gobierno Nacional Podrá Utilizar De Manera Temporal Los Recursos Del Sistema General De Participaciones Con Destino Al Fonpet Hasta Por La Suma De $492 Mil Millones Para Ser Destinados Al Sistema General De Participaciones Del Sector Educación113Artículo 113114Del Funcionamiento Y Desarrollo Del Fondo Para La Defensa De Los Derechos E Intereses Colectivos115De La Administración Y Funcionamiento Del Sistema Nacional De Defensoría Pública116En Las Empresas De Servicio Públicos Mixtas Y Sus Subordinadas, En Las Cuales La Participación De La Nación Directamente O A Través De Sus Entidades Descentralizadas Sea Igual O Superior Al Noventa Por Ciento Y Que Desarrollen Sus Actividades Bajo Condiciones De Competencia, La Aprobación Y Modificación De Su Presupuesto, De Las Viabilidades Presupuestales Y De Las Vigencias Futuras Corresponderá A Las Juntas Directivas De Las Respectivas Empresas, Sin Requerirse Concepto Previo De Ningún Otro Órgano O Entidad Gubernamental117En Aquellos Casos De Zonas No Interconectadas (Zni) Que Hayan Sido Interconectadas Al Sistema Interconectado Nacional (Sin) En Los Años 2018 Y 2019, El Ministerio De Minas Y Energía Dispondrá De Los Recursos De Subsidios Necesarios Para Remunerar Los Costos De Mantener Disponible La Infraestructura De Respaldo En Lo Referente A Inversión, Administración, Operación Y Mantenimiento (Aom) De Las Centrales De Generación Correspondientes, De Tal Manera Que Se Garantice La Confiabilidad Y Continuidad Del Servicio De Energía Eléctrica Hasta Tanto Se Logre La Estabilización De La Nueva Infraestructura De Interconexión118En Concordancia Con El Artículo 75 Del Estatuto Orgánico De Presupuesto Y Del Artículo 6° Del Presente Decreto, Los Recursos Recaudados Por La Agencia Nacional De Minería Por Concepto Del Artículo 132 De La Ley 1530 De 2012, Que No Esté Definida Su Destinación, Deberán Consignarse En La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público119Artículo 119120Cuando Existan Rendimientos Financieros Generados Por El Fondo De Devolución De Armas, Dichos Recursos Serán Incorporados En La Sección Presupuestal 1501 Ministerio De Defensa Nacional, Como Fuente De Ingreso Fondos Especiales (Fondos Internos), Los Cuales Serán Utilizados De Acuerdo A Lo Establecido En El Estatuto Orgánico Del Presupuesto121Con La Totalidad De Los Recursos Que A Cualquier Título Administre La Dirección General De Crédito Público Y Tesoro Nacional, Se Hará Unidad De Caja Para Utilizarse De Manera Temporal, A Título De Préstamo, Sin Que Por Ello Se Causen Costos Financieros, Para Atender Las Obligaciones Del Presupuesto General De La Nación Durante La Presente Vigencia122El Gobierno Nacional Adelantará De Manera Progresiva Un Programa De Renovación De La Administración Pública, Con El Propósito Esencial De Reducir Los Gastos De Administración Del Estado, Mediante La Redefinición De Funciones, Especialmente Cuando Existan Uno O Más Órganos De La Administración Que Realicen Funciones Y Actividades Similares123Transferencia De Inmuebles Entre Entidades Públicas124La Subvención De Que Trata El Artículo 240 De La Ley 1753 De 2015, Tendrá Una Vigencia Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 2019125Artículo 125126Artículo 126127A Partir De La Entrada En Vigencia Del Presente Decreto, Y Con El Fin De Garantizar El Goce Efectivo Al Derecho A La Salud, Los Recursos Propiedad De Las Entidades Territoriales Que Tenga En Caja La Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud (Adres), Podrán Ser Utilizados Por Dicha Entidad Para El Cumplimiento De Las Destinaciones Definidas Por El Artículo 67 De La Ley 1753 De 2015128Artículo 128129Promoción Del Servicio De Gas Combustible130Artículo 130131Modifíquese El Artículo 17 De La Ley 1797 De 2016 El Cual Quedará Así: Las Empresas Sociales Del Estado Elaborarán Sus Presupuestos Anuales Con Base En El Reconocimiento Realizado En El Año Inmediatamente Anterior Al Que Se Elabora El Presupuesto Actualizado De Acuerdo Con La Inflación De Ese Año132Informe Congreso133Con El Fin De Mantener La Consistencia Fiscal Del Presupuesto General De La Nación Para La Vigencia Fiscal 2019 Y Atender Gastos Prioritarios Como Los De Los Programas De Chatarrización, De La Red Vial Nacional Y Los Destinados A La Atención De Emergencias Viales Vías Terciarias, El Sector Transporte Podrá Reprogramar Las Vigencias Futuras Correspondientes A La Ruta Del Sol 2 Y Ruta Del Sol 3134El Gobierno Nacional Al Efectuar La Asignación De Los Recursos Para La Educación Superior, Lo Hará Con Criterios De Equidad Entre Las Universidades Públicas Y Las Instituciones De Educación Superior De Carácter Público135En El Anexo Del Decreto De Liquidación Del Presupuesto General De La Nación Para La Vigencia 2019, Dentro De La Sección Presupuestal “jurisdicción Especial Para La Paz – Jep”, El Tribunal De Paz Y Las Salas De Justicia, La Unidad De Investigación Y Acusación Y La Secretaria Ejecutiva, Se Identificarán Como Unidades Ejecutoras136Artículo 136137Los Departamentos Y Municipios Que No Requieran Destinar Recursos Del 10% De La Estampilla Procultura, A Que Hace Referencia En Numeral 4 Del Artículo 38-1 De La Ley 397 De 1997, Modificado Por El Artículo 2° De La Ley 666 De 2001, Para Seguridad Social Del Creador Y Del Gestor Cultural, Podrán Destinar Los Saldos Disponibles A 31 De Diciembre De 2018 Por Este Concepto, A Financiar Los Demás Conceptos A Que Hacen Referencia Las Disposiciones Citadas, Siempre Y Cuando No Se Afecten A Los Beneficiarios De Tal Disposición138Las Entidades Del Orden Nacional Darán Prioridad En El Presupuesto De Inversión A Los Compromisos Para La Ejecución De Las Obras Definidas En El Conpes 3904 Del 31 De Octubre De 2017 “plan Para La Reconstrucción Del Municipio De Mocoa, 2017-2022”139Artículo 139140El Ministerio De Minas Y Energía, En Desarrollo De La Política Minera Nacional, Podrá Apoyar A Los Pequeños Mineros Y Comunidades Mineras, Mediante La Adquisición Y Montaje De Equipos Especializados En Minería Que Sean Requeridos Para El Mejoramiento De La Operación Minera Y Producción Más Limpia, Así Mismo, Podrá Estructurar E Implementar Proyectos Productivos Para La Reconversión Laboral De Los Pequeños Mineros Y/O Mineros De Subsistencia, O Para El Fortalecimiento De La Cadena Productiva141El Ministerio De Agricultura, En Cabeza De La Autoridad Nacional De Pesca Y Acuicultura, En Desarrollo De La Política Pesquera, Deberá Apoyar A Los Pequeños Pescadores Artesanales Y De Subsistencia Mediante La Adquisición Y Montaje De Equipos Especializados En Labores De Pesca Que Sean Requeridos Para El Mejoramiento De Las Faenas De Pesca142El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Cargo A Los Rendimientos Financieros Generados Por El Fondo De Pensiones De Las Entidades Territoriales (Fonpet), Deberá Desarrollar Un Depósito De Información De Las Cotizaciones A Pensión De Los Funcionarios Activos, Inactivos Y Pensionados De Las Entidades Territoriales, Tanto De Régimen General Como De Regímenes Especiales143El Consejo Superior De La Judicatura, La Fiscalía General De La Nación Y La Procuraduría General De La Nación Podrán Sustituir Inmuebles De Su Propiedad, Por Obras Necesarias Para La Adquisición, Terminación, Adecuación Y Dotación De Su Infraestructura, Sin Operación Presupuestal Alguna144Artículo 144145Artículo 145147El Gobierno Nacional Podrá A Través De Los Institutos De Fomento Y Desarrollo Regional, Infis, Hacer Inversiones Que Comprometan El Presupuesto General De La Nación Para El Desarrollo De Proyectos Que Impacten Y Fomenten El Crecimiento Y Desarrollo Económico, Social Y Cultural De Las Regiones148Durante La Vigencia Del Presente Decreto, Se Podrá Ampliar La Cobertura Del Plan Piloto De Subsidios Al Glp En Cilindros, Al Departamento Del Amazonas Para El Beneficio De Las Comunidades Indígenas Y Los Usuarios De Los Estratos 1 Y 2149Valores Máximos De Recobros150Durante La Vigencia Del Presente Decreto, La Nación, A Través Del Ministerio De Minas Y Energía, Sin Perjuicio De Lo Establecido En El Artículo 55 De La Ley 191 De 1995, Podrá Reconocer El Costo Del Transporte Terrestre De Los Combustibles Líquidos Derivados Del Petróleo Que Se Suministre Desde Las Plantas De Abastecimiento Ubicadas En El Departamento De Nariño Hasta La Capital De Dicho Departamento151Adiciónese Un Parágrafo Al Artículo 37 De La Ley 1575 De 2012, El Cual Quedará Así: Parágrafo 2°152Cuando Uno O Varios Congresistas Soliciten Una Partida Presupuestal Para Un Programa O Proyecto De Inversión Pública Nacional Y/O Regional, Debe Hacer Público Su Nombre, El Monto Y Justificación De La Misma153El Presente Presupuesto Se Entenderá Enmarcado Dentro Del Plan Plurianual De Inversiones Para La Paz, De Conformidad Con Lo Establecido En El Acto Legislativo 01 De 2016 Y Por Lo Tanto Priorizando Los Ciudadanos Y Las Entidades Territoriales Más Afectadas Por La Pobreza Rural, Las Economías Ilegales, La Debilidad Institucional Y El Conflicto Armado154Artículo 154155El Presente Decreto Se Acompaña De Un Anexo Que Contiene El Detalle Del Gasto Para La Vigencia Fiscal De 2019156Artículo 156
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