Micelio

Artículo 68

Las Entidades Estatales Que Tienen A Cargo La Asignación De Recursos Físicos Para Los Esquemas De Seguridad De Personas En Virtud Del Cargo, Podrán Celebrar Convenios O Contratos Interadministrativos Con La Unidad Nacional De Protección O Con La Policía Nacional, Con Sujeción A Las Normas Vigentes, Para La Asunción De Los Diferentes Esquemas De Seguridad

Decreto 2467 de 2018 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades estatales que tienen a cargo la asignación de recursos físicos para los esquemas de seguridad de personas en virtud del cargo, podrán celebrar convenios o contratos interadministrativos con la Unidad Nacional de Protección o con la Policía Nacional, con sujeción a las normas vigentes, para la asunción de los diferentes esquemas de seguridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2467 de 2018