Valores máximos de recobros. Con cargo a los recursos apropiados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), no se podrán hacer reconocimientos y pagos para los servicios y tecnologías no cubiertos en el Plan de Beneficios superiores a los valores o techos máximos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social a partir de una metodología que tenga en cuenta los valores recobrados o cobrados al menos en los 3 últimos años de los que se disponga información. La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) reportará y enviará al Ministerio de Salud y Protección Social las bases de datos estandarizadas de conformidad con el mecanismo, periodicidad, variables, oportunidad, detalle y calidad que dicho ministerio defina.
Decreto 2467 de 2018 →Vigente
Artículo 149
Valores Máximos De Recobros
Decreto 2467 de 2018 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.