Micelio

Artículo 112

Para Garantizar El Pago Del Personal Docente Y Administrativo De Las Instituciones Educativas Públicas, Las Contribuciones Inherentes A La Nómina Y Sus Prestaciones Sociales, Durante La Presente Vigencia Fiscal El Gobierno Nacional Podrá Utilizar De Manera Temporal Los Recursos Del Sistema General De Participaciones Con Destino Al Fonpet Hasta Por La Suma De $492 Mil Millones Para Ser Destinados Al Sistema General De Participaciones Del Sector Educación

Decreto 2467 de 2018 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para garantizar el pago del personal docente y administrativo de las instituciones educativas públicas, las contribuciones inherentes a la nómina y sus prestaciones sociales, durante la presente vigencia fiscal el Gobierno nacional podrá utilizar de manera temporal los recursos del Sistema General de Participaciones con destino al Fonpet hasta por la suma de $492 mil millones para ser destinados al Sistema General de Participaciones del sector Educación. El saldo de $700 mil millones se destinará al financiamiento del aseguramiento del régimen subsidiado en salud.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2467 de 2018