Los departamentos y municipios que no requieran destinar recursos del 10% de la estampilla Procultura, a que hace referencia en numeral 4 del artículo 38-1 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 2° de la Ley 666 de 2001, para seguridad social del creador y del gestor cultural, podrán destinar los saldos disponibles a 31 de diciembre de 2018 por este concepto, a financiar los demás conceptos a que hacen referencia las disposiciones citadas, siempre y cuando no se afecten a los beneficiarios de tal disposición.
Artículo 137
Los Departamentos Y Municipios Que No Requieran Destinar Recursos Del 10% De La Estampilla Procultura, A Que Hace Referencia En Numeral 4 Del Artículo 38-1 De La Ley 397 De 1997, Modificado Por El Artículo 2° De La Ley 666 De 2001, Para Seguridad Social Del Creador Y Del Gestor Cultural, Podrán Destinar Los Saldos Disponibles A 31 De Diciembre De 2018 Por Este Concepto, A Financiar Los Demás Conceptos A Que Hacen Referencia Las Disposiciones Citadas, Siempre Y Cuando No Se Afecten A Los Beneficiarios De Tal Disposición
Decreto 2467 de 2018 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.