Durante la vigencia del presente decreto, la Nación, a través del Ministerio de Minas y Energía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 55 de la Ley 191 de 1995, podrá reconocer el costo del transporte terrestre de los combustibles líquidos derivados del petróleo que se suministre desde las plantas de abastecimiento ubicadas en el departamento de Nariño hasta la capital de dicho departamento.
Artículo 150
Durante La Vigencia Del Presente Decreto, La Nación, A Través Del Ministerio De Minas Y Energía, Sin Perjuicio De Lo Establecido En El Artículo 55 De La Ley 191 De 1995, Podrá Reconocer El Costo Del Transporte Terrestre De Los Combustibles Líquidos Derivados Del Petróleo Que Se Suministre Desde Las Plantas De Abastecimiento Ubicadas En El Departamento De Nariño Hasta La Capital De Dicho Departamento
Decreto 2467 de 2018 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.