Sentencia de Tutela15 de noviembre de 2002
T-997 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Ricardo Emiro Oviedo Luna Vs. Diogenes Tafur Bitar
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social De Mayor Adulto. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Llamado A Prevencion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
- Presunción de afectación por ausencia prolongada en pago de mesadas
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
- Fundamental autónomo
Derecho A La Salud Del Adulto Mayor
- Fundamental autónomo
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. MODIFICAR la sentencia proferida el 20 de mayo de 2002 por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Montería y REVOCAR la sentencia proferida el 24 de junio de 2002 por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Montería y en su lugar CONCEDER la tutela al derecho fundamental al mínimo vital del señor Ricardo Emiro Oviedo Luna.
- Segundo. ORDENAR al señor Diógenes Tafur Bitar que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia proceda a reanudar el pago de la mesada pensional a favor del accionante Ricardo Emiro Oviedo Luna, informando además del cumplimiento de lo aquí ordenado al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Montería (Córdoba), despacho judicial que velará por el acatamiento de esta decisión, de conformidad con lo consagrado en el artículo 27 del Decreto Ley 2591 de 1991
- Tercero. PREVENIR al señor Diógenes Tafur Bitar para que en lo sucesivo cancele las mesadas pensionales a favor del señor Ricardo Oviedo Luna dentro del término previsto en el acta de conciliación suscrita el 18 de noviembre de 1996 ante el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Montería (Córdoba).
- Cuarto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a21
T-338/01Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concedida.T-184/01Derechos A Una Vida Digna Subsistencia Y Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Bono Pensional. Concedida.T-1332/01Derecho Al Trabajo Y Al Minimo Vital. Solicitud Pago De Salarios Adeudados. Procedencia Excepcional De Tutela Para El Pago De Acreencias Laborales. Concedida.T-1142/01Derechos A La Igualdad Buen Nombre Trabajo Y Minimo Vital De Servidor Publico. Pago De Acreencias Laborales. Existencia De Otro Medio De Defensa Judicial. Negada.T-1099/01Derechos Al Minimo Vital Vida Y Subsistencia. Solicitud Incremento Salarial. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Aportes A La Seguridad Social. Capacidad Presupuestal. Llamado A Prevencion. Desacato. Concedida Parcialmente.T-1081/01Derecho A La Salud Y Vida De Persona De La Tercera Edad Pensionada. Solicitud Cirugia De Cataratas. Suministro Lente Intraocular Y Medicamentos Incluidos En El Pos. Concedida.
Ver las 21 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.