Micelio
Sentencia de Tutela26 de noviembre de 2010

T-961 de 2010

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Ferley Alfonso Fuentes Valentierra·Demandado Mantenimiento Helio E.S.T. Ltda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Trabajador Discapacitado O Afectado Con Limitaciones
  • Reintegro al cargo de igual o superiores condiciones con el pago de todos sus derechos laborales e indemnizaciones dejados de percibir por el despido sin ju
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada En Contrato A Termino Fijo
  • Vulneración por terminación de vínculo laboral sin permiso de autoridad competente a trabajador en estado de debilidad manifiesta por razones de salud
Principio De Estabilidad Laboral Reforzada En Contrato A Termino Fijo O Por Obra Labor
  • Vencimiento del término no significa necesariamente una justa causa para su terminación sin que medie autorización del inspector de trabajo
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida digna, estabilidad laboral reforzada, seguridad social, igualdad.

El accionante sufrió un accidente laboral, por el cual se le otorgaron incapacidades durante más de 180 días, cuando su última incapacidad terminó fue despedido sin tener en consideración su estado de salud, por lo tanto solicita se ordene su reintegro y el pago de las prestaciones dejadas de percibir.

La Sala se pronuncia sobre la estabilidad laboral reforzada de las personas con limitaciones, la aplicación del principio de estabilidad laboral reforzada en los contratos de trabajo a término fijo y por obra o labor contratada, la procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reintegro laboral de trabajadores limitados, se concluye que el hecho de que el actor presentara una afectación en su estado de salud que limitaba sus capacidades, en el desarrollo de la labor encomendad lo hacía acreedor de los beneficios propios de la estabilidad laboral reforzada, y como no existió autorización por parte del inspector de trabajo, el empleador debe pagar la sanción impuesta en la Ley 361 de 1997 y se ordena su reintegro.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Revocar la decisión proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Penal del Circuito de Cúcuta que resolvió denegar por improcedente la acción de tutela interpuesta por el señor Ferley Fuentes Valentierra, y en su lugar Tutelar los derechos fundamentales del actor al debido proceso, seguridad social, salud y trabajo y la estabilidad laboral reforzada del señor Ferley Alfonso Fuentes Valentierra.
  3. Segundo. Ordenar a la Empresa Mantenimientos Helio E.S.T. LTDA. el pago de la indemnización correspondiente a 180 días de salario.
  4. Tercero. Ordenar a la Empresa Mantenimientos Helio E.S.T. LTDA a reubicar al actor en un trabajo acorde a sus condiciones de salud.
  5. Cuarto. Ordenar a la Aseguradora de Riesgos Profesionales Seguros la Equidad, en caso de que no lo hubiere hecho, adelantar la evaluación correspondiente sobre una eventual configuración de una pérdida de capacidad laboral que afecte al señor Ferley Alfonso Fuentes Valentierra, como también se le otorguen las incapacidades a que tenga derecho, hasta que se pueda determinar de manera definitiva la pérdida de capacidad laboral.
  6. Quinto. Por secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.