Sentencia de Tutela24 de julio de 2000
T-946 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Juan Carlos Pinzon Ramirez
✓
Tema · dato duro
Pago De Acreencias Laborales. Derecho Al Minimo Vital A La Vida Igualdad Trabajo Dignidad Humana Y Educacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Subsistencia
- Retribución salarial
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
- Fundamental
Organos De Control
- Autonomía
- Gestión presupuestal y distribución de partidas para pago oportuno de salarios
Remuneracion Minima Vital Y Movil
- Medición que no agota el concepto
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado 3º Laboral del Circuito de Ibagué, el 23 de febrero de 2000. En su lugar CONCEDER la acción de tutela interpuesta por Juan Carlos Pinzón Ramírez contra el Municipio y la Contraloría de Ibagué.
- Segundo. ORDENAR al Alcalde de Ibagué, que en el término de treinta (30) días provea los recursos necesarios a la Contraloría Municipal, para que ésta pueda cumplir con su obligación de pagar las acreencias laborales.
- Tercero. ORDENAR al Contralor de Ibagué, que en un término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la fecha en la que disponga de los recursos que sitúe la alcaldía, pague los valores adeudados al actor de la presente tutela.
- Cuarto. REMITIR copia del presente fallo, al Procurador General de la Nación, para los fines señalados en el numeral 10 de la parte motiva de esta sentencia.
- Quinto. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a18
T-081/00Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Mesadas Pensionales. Gobernacion De Nariño. Concedida.T-688/99Derecho Al Trabajo. Der A La Salud. A La Vida. Pago Salarios Atrasados. Concedida.T-144/99Der. Al Trabajo. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios Y Prestaciones Sociales. Municipio De Cienaga. Concedida.T-089/99Der. Al Trabajo. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Disponibilidad Presupuestal. Municipio De Guapi. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.T-210/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. Concedida
Ver las 18 →Citada por7
T-375/16Derecho A La Salud Sexual Y Reproductiva Y Derecho A Conformar Una Familia. Orden A Eps De Autorizar Fecundacion In Vitro Con Lavado De Semen.T-963/09Tutela de 2009T-557/07Tutela de 2007T-164/01Derechos A La Vida Digna Salud Trabajo Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Trabajadora En Cargo De Secretaria Auxiliar. ConcedidaT-1367/00Derecho Al Minimo Vital Y Movil. Pago De Acreencias Laborales. Insolvencia Del Empleador No Justifica El No Pago De Salarios. Concedida.T-1118/00Derecho Al Pago De Acreencias Laborales. Tutela Para La Reclamacion De Salarios. La Prueba Del Minimo Vital. La Orden De Tutela Cuando Esta De Por Medio La Transferencia De Recursos. Concedida.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.