Micelio
Sentencia de Tutela14 de diciembre de 2009

T-939 de 2009

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Francisco Alberto Monsalve·Demandado Juzgado 40 Penal Del Circuito De Bogota Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Clases de defectos
  • Procedencia
  • Improcedencia por no existir defecto sustantivo ni defecto fáctico
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
1 tema · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, defensa, igualdad, presunción de inocencia.

El actor comenta que fue condenado por el delito de omisión de agente retenedor, ya que la sociedad IMAYINIS, de la cual fue su representante legal, no canceló a la DIAN los valores correspondientes a las retenciones en la fuente e IVA, alega que si bien fue representante legal de dicha sociedad, durante el periodo por el cual fue condenado, no se encontraba actuando como representante legal y respecto a esa situación existe constancia en la Cámara de Comercio, por lo tanto solicita se disponga la nulidad de las decisiones atacadas por constituir una vía de hecho, al haberse adoptado sin existir en su contra, prueba que desvirtuara la presunción de inocencia.

La Sala pasa a pronunciarse sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y los requisitos generales de procedibilidad, se concluye que no se informó de manera clara a la DIAN sobre el cambio de funciones del actor y que los acuerdos internos de la empresa no pueden oponerse a la administración de impuestos, por lo tanto no se evidencia ninguna causal de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y la apreciación de las pruebas fue llevada a cabo de acuerdo con las reglas de la sana crítica y la interpretación legal de las normas aplicables al caso concreto.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR, pero por las razones expuestas en este fallo, la sentencia proferida por el Consejo Superior de la Judicatura con fecha del 1deg de abril de 2009, que habia negado la tutela por la falta de inmediatez en la presentacion de la demanda y por no cumplirse el presupuesto de subsidiariedad.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.