Micelio
Sentencia de Tutela11 de noviembre de 2014

T-842 de 2014

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Monica Jinneth Avila Orjuela Y Otra·Demandado Compensar E.P.S Y Otras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Orden a EPS autorizar cirugía bariátrica en caso de requerirse dicha intervención y una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente
  • Orden a EPS determinar la viabilidad, efectividad y riesgos de la cirugía bariátrica así como sus beneficios, riesgos y demás consecuencias que pueda generar en la salud y en el organismo
  • Vulneración por EPS cuando niega un servicio incluido en el POS
Derecho A La Salud
  • Deber de garantizar el acceso a los servicios de salud, libre de trámites y procedimientos administrativos engorrosos e innecesarios
Cuotas Moderadoras Y Copagos
  • Naturaleza jurídica
  • No pueden convertirse en una barrera para el acceso a los servicios de salud cuando el usuario no está en la capacidad de sufragar su costo
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • A través de apoderado judicial
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Cirugia Plastica Reconstructiva Con Caracter Funcional
  • Inclusión en el POS-C cuando buscan la reparación de la capacidad funcional y la corrección de alguna alteración anatómica que genere mal funcionamiento de parte del cuerpo u órgano del mismo
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En dos procesos diferentes las accionantes reclaman la protección de los derechos fundamentales que consideran vulnerados, con la negativa de las respectivas E.P.S. a las cuales se encuentran afiliadas, de autorizarles el procedimiento de bypass gástrico que requieren para el manejo de la obesidad mórbida que padecen.

Se aborda el análisis de los siguientes temas: 1º.

El derecho al acceso a los servicios de salud. 2º.

Las cirugías plásticas reconstructivas con carácter funcional, como parte del contenido del derecho a la salud. 3º.

La naturaleza jurídica de los copagos y de las cuotas moderadoras y, los casos en los que procede su exoneración.

La Sala precisa que, se concede el amparo del derecho a la salud y a la vida digna de personas diagnosticadas con obesidad mórbida, cuando se verifica que la omisión de suministrar un diagnóstico efectivo que conlleve a la realización de un procedimiento incluido en el POS, afecta el goce efectivo de dichos derechos fundamentales.

Se CONCEDEN la tutelas deprecadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Veinticinco Civil Municipal de Bogotá, del 21 de mayo de 2014 que negó el amparo de los derechos fundamentales invocados por la señora Mónica Jinneth Ávila contra Compensar EPS, y, en su lugar, CONCEDER la protección del derecho fundamental a la salud y la vida digna.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Compensar EPS que en un plazo no superior a una semana, contado a partir de la notificación de esta providencia, termine la valoración médica de Mónica Jinneth Ávila por parte de un grupo multidisciplinario de especialistas, con el fin de que determine la viabilidad, efectividad y riesgos del procedimiento, así como le suministren la información pertinente en forma clara y concreta sobre los beneficios, riesgos y demás consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la cirugía bariátrica.
  3. De requerirse la intervención quirúrgica y una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente, la entidad dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes autorizará y gestionará la práctica de la intervención quirúrgica la cual deberá realizarse dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho término, de conformidad con las prescripciones e indicaciones de sus médicos tratantes.
  4. TERCERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado Veinticuatro Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellín que confirmó la proferida por el Juzgado Cuarenta y Dos Penal Municipal con Función de Control de Garantías de la misma ciudad, que declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Erika Marcela Ossa contra Sura EPS y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud y vida digna.
  5. CUARTO. ORDENAR a Sura EPS que en un plazo no superior a una semana, contado a partir de la notificación de esta providencia, termine la valoración médica de Erika Marcela Ossa por parte de un grupo multidisciplinario de especialistas, con el fin de que determine la viabilidad, efectividad y riesgos del procedimiento, así como le suministren la información pertinente en forma clara y concreta sobre los beneficios, riesgos y demás consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la cirugía bariátrica.
  6. De requerirse la intervención quirúrgica y una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente, la entidad dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes autorizará y gestionará la práctica de la intervención quirúrgica la cual deberá realizarse dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho término, de conformidad con las prescripciones e indicaciones de sus médicos tratantes.
  7. QUINTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.