T-836 de 2012
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Benjamin Suarez Moncada·Demandado Ministerio De Defensa Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que el accionante fue retirado del servicio activo del Ejército Nacional a través de un acto administrativo con fundamento en un dictamen médico laboral
- Improcedente al no encontrarse la falta de idoneidad y eficacia del medio ordinario de defensa judicial ni en la acreditación de un perjuicio irremediable
- Procedencia de la acción de tutela para evitar un perjuicio irremediable pese a existir otro medio de defensa judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital.
Mediante la presente acción de tutela se pretende controvertir una orden administrativa mediante la cual se retiró al accionante del servicio activo del Ejército Nacional por una disminución en la capacidad psicofísica, teniendo como fundamento para ello las actas de la Junta Médica y del Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, en donde se estableció que no era apto para la actividad militar, por presentar una disminución de la capacidad laboral del 28.25%.
Se solicita impartir la orden de reintegrar al actor de manera inmediata al Ejército Nacional, en las mismas condiciones en que se encontraba vinculado antes de ser arbitraria, ilegal e irregularmente retirado de la institución.
Se reiteran las reglas sobre la procedencia de la acción de tutela ante la existencia de otro medio de defensa judicial y se encuentra que no existe siquiera prueba sumaria de la existencia de un perjuicio irremediable que exija por parte del juez constitucional la adopción de medidas impostergables.
Se confirman las decisiones de instancia que resolvieron NEGAR por improcedente la acción de tutela promovida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la decisión adoptada por Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el tres (3) de mayo de dos mil doce (2012), que a su vez confirmó la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura de Norte de Santander el doce (12) de marzo de dos mil doce (2012), que resolvieron negar por improcedente la acción de tutela promovida por el señor Benjamín Suárez Moncada contra el Ministerio de Defensa -Ejército Nacional-.
- Segundo. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.