T-836 de 2009
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Luis Antonio Lara Juez·Demandado Tribunal Superior De Bogota Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Es un derecho constitucional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Clases de defectos
- Procedencia
- Procedencia
- Criterios que deben tenerse en cuenta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, mínimo vital, igualdad.
El actor solicita la indexación de su primera mesada pensional, la cual le fue negada por considerar que este derecho recae únicamente a favor de los pensionados que obtuvieron dicho estatus después de la expedición de la Ley 100 de 1993.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y el derecho constitucional a la indexación de la primera mesada pensional, se concluye que los derechos del actor fueron vulnerados por lo tanto se ordena la indexación de la primera mesada pensional.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia - Sala de decision Penal de Tutelas, el veintinueve (29) de julio de dos mil nueve (2009), que confirmo el fallo proferido en primera instancia por la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casacion laboral el veintiuno (21) de mayo de dos mil nueve (2009), dentro de la accion de tutela interpuesta por Luis Antonio Lara Juez contra el Tribunal Superior de Bogota- Sala de Decision Laboral, el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Bogota y el Instituto Distrital para la Recreacion y el Deporte (I.D.R.D) y en su lugar CONCEDER la proteccion de los derechos al minimo vital y a la indexacion de la primera mesada pensional.
- Segundo. ORDENAR al Instituto Distrital para la Recreacion y el Deporte (I.D.R.D) que, en un termino de diez (10) dias, contados a partir de la notificacion de la presente providencia, indexe la primera mesada pensional del senor Luis Antonio Lara Juez, de conformidad con los criterios fijados en esta providencia en el apartado 5.7.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli establecidos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.