Micelio
Sentencia de Tutela1 de agosto de 2005

T-795 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante James Antonio Garcia Rivera Vs. Saludcoop

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incapacidad Economica En Materia De Salud
  • Reglas jurisprudenciales sobre la prueba
Derecho A La Salud
  • No se presentó violación por cuanto demandante tiene capacidad económica
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud y la integridad física de afiliado cotizante que padece desgarre intenso de rodilla y su medico le ordeno artroscopia de rodilla osteotomia tibial y un injerto oseo de hueso procedimientos quirúrgicos que la entidad cubrio a excepcion del injerto oseo de hueso que fue negado por tratarse de una actividad no pos.

Solicita se ordene autorizar el procedimiento requerido.

El derecho a la salud y a la integridad física en conexidad con el derecho fundamental a la vida en condiciones dignas.

La vulneración del derecho a la salud en conexidad con la vida cuando por razones de tipo contractual o legal se niega la practica de un tratamiento o el suministro de medicamentos poniéndose en riesgo la vida.

Servicios medicos necesarios y excluidos del pos.

Reglas jurisprudenciales.

Prueba de la incapacidad economica para asumir el costo de los procedimientos o medicamentos excluidos del pos.

Teniendo en cuenta el salario devengado y el costo del injerto no considera la sala que trasladar al actor el pago del servicio requerido le imponga a este una carga economica desproporcionada no soportable por este.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Confirmar la decisión proferida por los Juzgados
  2. Octavo. Civil Municipal de Pereira y
  3. Tercero. Civil del Circuito de Pereira, dentro de la acción de tutela instaurada por James Antonio García Rivera contra Saludcoop E.P.S. por los motivos expuestos en el transcurso de ésta providencia.
  4. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.