Sentencia de Tutela3 de septiembre de 2003
T-763 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Marcela Elizabeth Soto Zapata Vs. Colmena Ars
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion De Hija Mayor De Edad. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Suspension Pago Pension De Sobrevivientes Por Falta De Intensidad Horaria Equivalente A 20 Horas Semanales. Exigencia De Requisitos. Comprobada Calidad De Est
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pension De Sobrevivientes
- Hijo mayor de dieciocho años que se encuentra estudiando
- Exigencia de requisitos de intensidad horaria como estudiante para ser beneficiario
Sustitucion De Pension De Sobrevivientes
- Reconocimiento por entidad de previsión social a estudiante
Autonomía Universitaria
- Se puede establecer en sus programas intensidad horaria
Derecho A La Educación
- Acreditación de calidad de estudiante
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Anserma - Caldas, y en su lugar, CONFIRMAR la sentencia de 3 de febrero de 2003 proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de la misma ciudad, por los argumentos esbozados en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. ORDENAR a Colmena Riesgos Profesionales que en el término de 48 horas contados a partir de la notificación de la presente sentencia, restablezca el pago de las mesadas pensionales a la demandante, y se abstenga de suspenderla nuevamente, siempre y cuando subsistan las condiciones académicas que enmarcaron la presente acción de tutela de acuerdo con las certificaciones que para el efecto expida la correspondiente Institución de Educación Superior y hasta tanto se configure alguna de las causales expresamente establecidas en la Ley, por las cuales se extinga el derecho en mención.
- Tercero. INAPLICAR para el caso concreto, por ser contrario a la Constitución Política, el artículo 15 del Decreto 1889 de 1994 de 1998 que exige a los estudiantes entre 18 y 25 años de edad, una intensidad mínima de 20 horas semanales.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrense las comunicaciones del artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
T-433/02Derecho Al Debido Proceso De Beneficiaria Pension De Sobrevivientes. Suspension Pension Sustitutiva. Requisitos. Pago Mesadas Pensionales. Desvinculacion Universidad Del Norte Por Bajo Rendimiento. Exhortar. Concedida.T-072/02Derecho De Peticion Y Minimo Vital De Menor Huerfana. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes Por Abuela En Calidad De Curadora Interina. Negativa De Dar Inicio Al Tramite. Sustitucion Pensional. Curaduria De Menores. Concedida Parcialmente.T-1677/00Derecho A La Educacion. Beneficiario De La Pension De Sobreviviente Que Fue Retirado Unilateralmente De La Nomina. Proteccion De La Sociedad A Los Educandos. Concedida.C-080/99Dec. 1212/90. Art. 174 Parcial. Dec. 1213/90. Art. 131 Parcial. Dec. 1214/90. Art. 125 Parcial. Pension De Sobrevivientes Para Hijos Estudiantes Hasta 24 Años. Regimen Especial De La Policia. Exequible.T-789/98Der. De Peticion. Solicitud De Pension De Sobreviviente. Colfondos. Concedida.C-134/94Dec. 2591/91. Art. 42 Inc. 12 Y 9. Tutela Contra Particulares. Exequibles Salvo N° 1 Expresion "para Proteger... Autonomia" Que Es Inexequible.
Ver las 7 →Citada por12
SU.543/19Sustitucion Pensional O Pension De Sobrevivientes Para Hijos Mayores De 18 Años, Imposibilitados Para Trabajar En Razon De Sus Estudios, Hasta Los 25 AñosT-491/17Accion De Tutela Para Reclamar Mesadas Pensionales. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditar Perjuicio Irremediable.C-003/17Becas Postgrados. Pérdida De La Beca Por La Ocurrencia De Hechos Delictivos.T-187/16Pension De Sobrevivientes De Persona De La Tercera Edad En Situacion De Discapacidad.T-664/15Pension De Sobrevivientes A Mayor De Edad Que Cursa Estudios Universitarios Y Que Esta Cumpliendo Requisitos De Grado. Intensidad Horaria.T-730/12Tutela de 2012
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.