Micelio
Sentencia de Tutela12 de septiembre de 2014

T-695 de 2014

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Rosa Julia Moreno Gonzalez·Demandado Nueva E.P.S. Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cubrimiento De Gastos De Transporte Para Paciente Por Eps
  • Orden a EPS suministrar el transporte que requieran los pacientes para trasladarse a la IPS más cercana, con ocasión de citas, tratamientos o procedimientos médicos
Fundamentalidad Del Derecho A La Salud
  • Principios rectores como oportunidad, eficiencia, calidad, integralidad y continuidad del servicio
Perjuicio Irremediable
  • Criterios para determinar su configuración
  • Concepto
Derecho A La Salud Y A La Seguridad Social
  • No existe vulneración por cuanto la accionante no presenta ningún quebranto de salud, como tampoco, una orden médica de tratamiento específico
Seguridad Social
  • Doble condición de derecho constitucional y servicio público
Sistema De Seguridad Social En Salud
  • Contenidos de la libertad de escogencia
9 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante solicita que le protejan sus derechos fundamentales a la salud y a la seguridad social que considera vulnerados por la Nueva E.P.S., al no contar con alguna institución prestadora de salud en el municipio donde reside, esto es, San Vicente de Chucurí, lo que impide que los afiliados, entre los que se cuenta ella, tengan acceso a servicios de salud.

La Sala de Revisión se pronuncia sobre el perjuicio irremediable en la acción de tutela y, el derecho a la seguridad social en salud y la libertad de escogencia de la E.P.S e I.P.S.

A pesar de confirmar las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado, se ordena a la entidad brindar a la actora y a su beneficiario el transporte que requieran para trasladarse a la IPS más cercana, con ocasión de asistir a citas, tratamientos o procedimientos médicos durante el tiempo que sea necesario para atender sus necesidades en salud.

Se insta a la entidad para que, en el menor tiempo posible contrate alguna Institución Prestadora de Salud en el municipio de San Vicente de Chucurí.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el 31 de enero de 2014 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, Sala Civil-Familia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Nueva EPS, que en lo sucesivo le brinde a la señora Rosa Julia Moreno González y a su beneficiario el niño Gerardo Andrés Araque Moreno, le suministre el transporte que requiera para trasladarse a la IPS más cercana, con ocasión de citas, tratamientos o procedimientos médicos, durante el tiempo que sea necesario para atender sus necesidades en salud.
  3. TERCERO. INSTAR a la Nueva EPS para que, en el menor tiempo posible, contrate con alguna Institución Prestadora de Salud en el municipio de San Vicente de Chucurí.
  4. CUARTO. Por Secretaría LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.