Sentencia de Tutela4 de diciembre de 1996
T-675 de 1996
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Jose Benigno Perilla Piñeros
✓
Tema · dato duro
Suspension De Arresto Y Captura Del Gobernador De Boyaca Por Desacato. Medio De Defensa Judicial. Hecho Superado. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Hecho superado
- Naturaleza
Sancion Por Desacato
- Existencia mecanismo de defensa judicial
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el fallo de fecha 25 de julio de 1996, proferido por la Sala de Casacion Penal de la h. Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se confirma la Sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Superior de Tunja, Sala Penal, de fecha 14 de junio de 1996, que declaro improcedente la accion de tutela interpuesta por la apoderado judicial del senor Gobernador de Boyaca, contra el Juez Laboral del Circuito de Tunja, pero por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion, se comunique esta providencia al Tribunal Superior de Tunja, Sala Penal, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-243/96Dec. 2591/91. Art. 52 Parcial. Desacato. Exequible E Inexequible.T-494/93Derecho A La Vida. Derecho A La Salud. Derecho A La Integridad Fisica. Carcel De Mocoa. Negada.T-225/93Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada.C-543/92Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.
Citada por67
T-280/20Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado-Accionante Suscribió Contrato De TransacciónT-007/20Alcance De Los Derechos A La Honra, Al Buen Nombre, A La Intimidad Y A La Imagen De Persona FallecidaT-194/19Derecho A La Visita Intima Y Unidad Familiar De Personas Privadas De La Libertad.T-168/19Motivacion En Las Renuncias De Los Servidores Publicos. Efectos E Implicaciones.T-152/19Principio De Continuidad En El Servicio De Salud, De Enfermo De Vih.SU.274/19Libertad De Expresion E Información De Los Medios De Comunicación Respecto De Actuaciones Y Documentos De Proceso Penal Sometido A Reserva
Ver las 67 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.