T-620 de 2010
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Gabriel Carvajal Cuellar·Demandado Fondo Nacional Del Ahorro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que esta entidad dio un alcance incorrecto a los fallos de tutela favorables al demandante
- Procedencia por violación al debido proceso y los principios de buena fe y respeto por el acto propio al variar unilateralmente las condiciones del contrato de mutuo para la adquisición de vivienda
- Reglas que se deben tener en cuenta en casos en que altere lo previamente establecido en los mutuos hipotecarios con los deudores
- Vulneración de derechos al modificar el crédito de pesos a UVR sin información y aceptación previa del titular
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, vivienda digna.
El accionante comenta que adquirió con el FNA un crédito, el cual la entidad accionada modificó de manera inconsulta y unilateral, ya que de pesos lo pasó a UVR, el plazo de quince años a veintiún años y las cuotas de 180 a 259, comenta que este cambió unilateral de las condiciones del contrato lo ha afectado enormemente y por lo tanto solicita la protección de sus derechos fundamentales.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre las variaciones realizadas por el Fondo Nacional del Ahorro a los contratos de mutuo hipotecario sin autorización de los contratantes, cita la sentencia T-276/08, dentro del proceso se encuentra que en primera y segunda instancia la acción fue concedida, sin embargo el FNA le dio un alcance inadecuado a los fallos proferidos manteniendo la transgresión de los derechos fundamentales, por lo tanto se ordena a la entidad accionada cumplir estrictamente con el fallo proferido en primera instancia.
Concede.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Confirmar los fallos proferidos por el Juzgado
- Sexto. Contencioso Administrativo de Bogotá y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección "A" en el proceso de tutela instaurada por el señor Gabriel Carvajal Cuellar contra el Fondo Nacional del Ahorro.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR al Fondo Nacional del Ahorro, que si aún no lo ha hecho, cumpla estrictamente las órdenes dictadas en el fallo Juez
- Sexto. Contencioso Administrativo de Bogotá de fecha 8 de febrero de 2010.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, dése cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.