T-615 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Tirza Lucero Motato Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
- Término hasta de un año después del nacimiento del niño para reclamar por tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos fundamentales de la madre y el menor por la negativa de la entidad a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad a afiliada al regimen contributivo aduciendo el no pago oportuno de los aportes por parte del empleador.
Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.
Pago de la licencia de maternidad.
Reglas para determinar la procedibilidad de la accion de tutela en estos casos.
Frente a situaciones facticas similares se ordeno el pago de la licencia de maternidad cuando las entidades obligadas a reconocer y pagar la licencia se allanaron a la mora del empleador al recibir en forma extemporánea las cotizaciones.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Cali, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Tirza Lucero Motato, en contra del Seguro Social EPS Seccional Valle. En consecuencia, CONCEDER el amparo solicitado.
- Segundo. ORDENAR al Seguro Social Seccional Valle, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este fallo, si no lo hubiere hecho, proceda a reconocer y pagar a favor de la señora Tirza Lucero Motato el valor de la licencia de maternidad a que tiene derecho.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.