Micelio
Sentencia de Tutela6 de julio de 2012

T-523 de 2012

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Jose Ivan Certiga Velez A Nombre De Vicente De Jesus Certiga Y Otro·Demandado Gobernador Del Cabildo Indigena De Cristiania Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Autoridad Indigena
  • Caso en el que dos miembros de comunidad indígena se encuentran privados de la libertad
Jurisdicción Especial Indígena
  • Subreglas y criterios de interpretación para la definición de la competencia
  • Alcance y límites
Juez Constitucional
  • Análisis de procesos que adoptan decisiones que afectan a comunidades indígenas
9 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el presente asunto la Corte analiza posible violación de los derechos fundamentales de dos miembros del resguardo de Cristianía del municipio de Jardín (Antioquia), al haber sido condenados por las autoridades tradicionales indígenas del resguardo a pena privativa de la libertad por el delito de concierto para delinquir.

A juicio del actor, se presentaron irregularidades durante el procesamiento punitivo, tales como: a). no seguir el debido proceso de conformidad con el derecho propio del resguardo de Cristianía, porque la decisión de imponer la sanción no fue tomada por el Consejo de Conciliación y Justicia, sino por el Vicegobernador. b).

No se siguió el debido proceso de conformidad con el derecho propio, porque se impuso el castigo sin que mediara investigación o conciliación. c). los procesados no fueron sancionados de conformidad con el sistema de justicia de la comunidad indígena, sino de conformidad con el Código Penal Colombiano y, d).

No se respetó el derecho de defensa.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

Procedencia de la acción de tutela contra las autoridades de una comunidad o pueblo indígena. 2º.

Marco constitucional y jurisprudencial para el ejercicio de la jurisdicción indígena en Colombia bajo la Constitución de 1991.

Al no verificarse las irregularidades procesales invocadas en la acción de tutela se concluye que, no existió la violación al derecho al debido proceso por parte de las autoridades indígenas accionadas.

Se confirma la decisión de instancia que DENEGO el amparo solicitado. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. LEVANTAR la suspensión del término decretada para decidir el presente asunto.
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia del 8 de febrero de 2010 dictada por el Juzgado Promiscuo Municipal de Jardín (Antioquia), que DENEGÓ la acción de tutela de la referencia, por las razones y fundamentos consignados en la parte motiva del presente fallo.
  3. Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónEduardo Cifuentes MuñozAclaraciónJosé Gregorio Hernández GalindoAclaraciónCarlos Gaviria DíazAclaraciónHernando Herrera Vergara
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por35
A. 848/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Delito De Violencia Intrafamiliar Protege El Bien Jurídico De La Familia Y Es Una Conducta Con Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria Y La Comunidad Indígena-No Se Verificó La Estructura Institucional Que Permita Adelantar El Juzgamiento De La Conducta Reprochada, Garantizando Los Derechos Fundamentales Del Sindicado Y De Las Víctimas-Enfoques Diferenciales De Género Y Étnico.A. 485/24Incumplimiento Del Factor Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante-Porte De Estupefacientes En Un Contexto De Macro Criminalidad-No Se Garantizan Los Derechos De La Colectividad Mayoritaria Y De Las Víctimas, Con Ocasión De Las Acciones De Una Organización Macro Criminal, Cuya Investigación Y Desarticulación Requiere Operaciones A Gran Escala Del Estado Colombiano.A. 2016/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Resguardo Implicado No Dispone De Un Andamiaje Institucional Suficiente Para Investigar Y Juzgar Una Conducta Que Atente Contra La Libertad E Integridad Sexual De Una Niña.A. 2013/24Incumplimiento De Los Factores Territorial E Institucional-La Comunidad Indígena No Acreditó Que Cuente Con Mecanismos Para Garantizar Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes, Que Presuntamente Han Sido Víctimas De Violencia Sexual.A. 2005/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Elemento Objetivo Sugiere La Remisión Del Asunto A La Jurisdicción Ordinaria-Asunto Que Involucra Violencia En El Contexto Familiar Contra Una Mujer-La Comunidad Indígena No Demostró Reglas Ni Procedimientos Establecidos Para La Investigación De Los Hechos, Garantías Para Las Partes Involucradas O Medidas De Protección De Los Derechos De La Presunta Víctima.A. 1997/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-El Delito De Tráfico De Estupefacientes Es De Extrema Gravedad Y Constituye Una Conducta Especialmente Nociva Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó Que El Sistema De Justicia Propio Responda A La Gravedad Y A La Complejidad Que Demanda La Investigación Y Juzgamiento De Este Tipo De Comportamientos.
Ver las 35

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.