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Providencias que cita

T-518/09 invoca estas providencias en su argumentación. · 26 en total.

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C-483/08Constitucionalidad2008

Rechazo De Accion De Tutela Por Vencimiento De Plazo En Silencio-Limitación Razonable Del Derecho De Acceso A La Justicia

A. 100/08Auto2008

Solicitud De Cumplimiento Del Auto 162 De 2007, Habida Cuenta De La Negativa De Distintas Autoridades Judiciales En Abocar El Conocimiento De Una Accion De Tutela Instaurada, El 20 De Septiembre De 2006, Contra La Corte Suprema De Justicia, Sala De Casacion Penal. El Recurso De Amparo Constitucional Fue Presentado Hace Mas De Diecinueve Meses Y Hasta La Fecha Se Han Planteado Sucesivos Conflictos De Competencia, Sin Que Se Haya Resuelto La Cuestion Planteada Por El Demandante, A Pesar De Que Este Acudio Igualmente A La Via Prevista En El Auto 004 De 2004. De Manera Pues Que, Ante La Persistente Vulneracion De Sus Derechos Fundamentales, Opto Finalmente Por Remitir A La Secretaria General De La Corte Constitucional, La Providencia De La Sala De Casacion Civil De La Corte Suprema De Justicia, En La Que Se Inadmitio La Accion De Tutela Que Habia Promovido. Frente A Lo Anterior, Podria Entenderse Que El Auto Proferido Por La Sala De Casacion Civil De La Corte Suprema De Justicia No Constituye Un Fallo Que Suscite La Competencia De La Corte Constitucional En Materia De Revision De Sentencias De Tutela. No Obstante Lo Anterior, De La Lectura Atenta De Tal Providencia Se Desprende Que Se Trata De Una De Las Decisiones Judiciales Relacionadas Con La Accion De Tutela De Los Derechos Constitucionales A La Que Se Refiere El Numeral 9º Del Articulo 241 De La Carta Politica, Pues Desde La Perspectiva Material, Equivale A Un Fallo Mediante El Cual Se Declaro Absolutamente Improcedente La Accion De Tutela. En Esa Medida, La Citada Providencia Debe Ser Sometida Al Tramite Fijado Para El Proceso De Selección De Los Fallos De Tutela En La Corporacion, Con La Finalidad De Que La Sala De Selección Correspondiente Pueda Ejercer Sus Competencias Y Adoptar Una Decision Sobre Su Selección Para Revision. Debido A La Transgresion De Los Derechos Fundamentales De Acceso A La Administracion De Justicia Y Tutela Judicial Efectiva De Los Accionantes Que Puede Tener Lugar En Casos Similares Al Asunto Examinado, En El Cual, A Pesar De Que El Peticionario Hizo Uso De La Regla Contenida En El Auto 004 De 2004 Y Ante La Negativa De La Corte Suprema De Justicia De Admitir La Accion Instaurada, Acudio Ante Otras Autoridades Judiciales Las Cuales Tampoco Abocaron El Conocimiento De La Peticion Presentada, En Adelante, Cuando Se Presente Un Escenario Semejante En El Cual La Corte Suprema De Justicia No Admita Una Accion De Tutela Contra Una De Sus Providencias, El Tutelante Tendra La Posibilidad De I) Acudir A La Regla Fijada En El Auto 004 De 2004, Es Decir, Presentar El Recurso De Amparo Constitucional Ante Cualquier Juez Unipersonal O Colegiado, Incluso Ante Una Corporacion Judicial De La Misma Jerarquia De La Corte Suprema De Justicia; O Ii) Solicitar Ante La Secretaria General De La Corte Constitucional, Que Radique Para Seleccion La Decision Proferida Por La Corte Suprema De Justicia En La Cual Concluyo Que La Accion De Tutela Era Absolutamente Improcedente, Con El Fin De Que Se Surta El Tramite Fijado En Las Normas Correspondientes Al Proceso De Seleccion. Para Este Efecto, El Interesado Adjuntara A La Accion De Tutela, La Providencia Donde Se Plasmo La Decision Que La Tutela Era Absolutamente Improcedente, Asi Como La Providencia Objeto De La Accion De Tutela. Decidir Que La Providencia Proferida Por La Sala De Casacion Civil De La Corte Suprema De Justicia El 14 De Diciembre De 2007, Mediante La Cual Decidio Mantener Intacta La Determinacion Adoptada Mediante Auto Del 11 De Octubre De 2006, Sin Consideracion A Los Efectos Que Le Suprimio La Corte Constitucional, Por Las Razones Expuestas En La Parte Motiva De Esta Providencia, Sea Enviada A La Secretaria General De La Corporacion, Con El Fin De Que Surta El Tramite Fijado En Las Normas Correspondientes Al Proceso De Selección. Frente A La No Admision A Tramite De Una Accion De Tutela Instaurada Contra Una Providencia De La Corte Suprema De Justicia, Con Fundamento En El Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991, Los Ciudadanos Tienen El Derecho A Escoger Una De Las Dos Alternativas Anteriormente Puestas De Presente, Teniendo En Cuenta Aquellos Casos En Que Exista La Misma Situacion De Vulneracion De Los Derechos Fundamentales De Acceso A La Administracion De Justicia Y De La Tutela Judicial Efectiva.

A. 133/07Auto2007

Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Segundo De Ejecucion De Penas Y Medidas De Seguridad De Armenia Y El Juzgado Segundo Administrativo Del Circuito De Armenia. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Segundo De Ejecucion De Penas Y Medidas De Seguridad De Armenia

T-1078/06Tutela2006
SU.713/06Unificación2006
A. 227/06Auto2006

Derecho A La Igualdad Y De Peticion De Pensionado De La Policia A Quien La Institucion No Le Responde Una Solicitud De Reconocimiento De Prima De Actualizacion, Nivelacion De Su Mesada Pensional Y De Bonificacion A Que Cree Tener Derecho. Solicita Se Ordene El Pago De Las Acreencias Laborales. El Tribunal Administrativo De Cundinamarca Decidio Rechazar La Tutela Por Cuanto El Accionante No Allego La Informacion Requerida Por Este. La Sala Recordo Que Resulta Contrario A La Constitucion Que Las Autoridades Judiciales Inadmitan La Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales Y Posteriormente Se Nieguen A Remitir Dicha Decision A La Corte Para Su Eventual Revision, Bajo El Argumento De Que Esta No Constituye Una Sentencia. La Decision De Inadmision Vulnera Ella Misma El Derecho Fundamental De Acceso A La Administracion De Justicia. Decreta La Nulidad De Las Actuaciones Surtida A Partir Del Auto De Rechazo Y Ordena Remitir El Expediente Al Tribunal Administrativo De Cundinamarca Para Que Emita Un Pronunciamiento

T-884/05Tutela2005
SU.1219/01Unificación2001

Derechos A La Vida Trabajo Vivienda Subsistencia Debido Proceso Y Defensa. Cambio Turno. Contrato Individual De Trabajo De Medico. Tutela Contra Tutela. Ratio Decidendi. Alcance De La Revision Constitucional. Unidad De Materia. Via De Hecho. Existencia De

SU.1184/01Unificación2001

Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento. Asuncion. Posicion De Garante. Fuerza Publica. Delitos De Lesa Humanidad. Conflicto De Competencia. Via De Hecho

T-1496/00Tutela2000

Derecho A La Igualdad Y Trabajo De Docentes. Contrato A Termino Fijo. Negada.

T-568/99Tutela1999

Der. Al Trabajo. Asociacion Sindical. Der. De Huelga. Reintegro De Trabajadores. Concedida.

T-474/98Tutela1998

Der. A La Seguridad Social. Mora Del Patrono En Aportes Al I.S.S. Der. A La Salud. Concedida.

SU.717/98Unificación1998

Debido Proceso. Acceso A La Administracion De Justicia. Falta De Legitimacion En La Causa. Demanda De Constitucion De Parte Civil. Sindicato De E.A.A.B. Carencia De Objeto. Negada.

SU.667/98Unificación1998

Debido Proceso. Libertad De Expresion. Autonomia Universitaria. Reintegro De Catedratico A La Universidad De Medellin. Concedida.

T-330/97Tutela1997

Der. De Asociacion Sindical. Der. A La Igualdad. Mejores Beneficios Para Trabajadores No Sindicalizados. Icollantas.Concedida Parcialmente. Ver Auto 052/97.

T-288/97Tutela1997

Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Pension Vitalicia. Cajanal. Concedida.

SU.519/97Unificación1997

A Trabajo Igual Salario Igual. Discriminacion Salarial. Tas Comunicaciones S.A. Concedida.

T-566/96Tutela1996

Der. De Asociacion Sindical. Der. A La Igualdad. Convencion Colectiva. Plan De Beneficios. Legitimacion De Sindicatos. Icollantas. Negada. Ver Auto Auto 013/97.

T-297/96Tutela1996

Improcedencia De La Tutela Para Obtener El Cumplimiento De Una Convencion Colectiva. Cargos Publicos Por Herencia. Negada.

T-143/95Tutela1995

A Trabajo Igual Salario Igual. Sindicato De Cofre S.A. Aumento De Salario Solo Para Personal No Sindicalizado. Concedida. Ver Autos 028/95 Y 034/95

SU.342/95Unificación1995

Pactos Colectivos De Trabajo. Der. A La Igualdad. Der. De Asoc. Sindical. Negociacion Colectiva. Sindicato De Leonisa. Concedida.

T-230/94Tutela1994

Ders. Sindicales. Coopfebor. Discriminacion En Las Relaciones Laborales. Der. A La Igualdad. Concedida.

T-094/94Tutela1994

Falta De Legitimacion Por Activa. Der. De Asociacion Sindical. Reintegro De Trabajador. Medio De Defensa Judicial. Negada.

C-134/94Constitucionalidad1994

Dec. 2591/91. Art. 42 Inc. 12 Y 9. Tutela Contra Particulares. Exequibles Salvo N° 1 Expresion "para Proteger... Autonomia" Que Es Inexequible.

T-550/93Tutela1993

Derecho A La Igualdad. Tutela Contra Particulares. Sindicato De Colgate Palmolive. Negada.