Micelio
Sentencia de Tutela10 de mayo de 2005

T-469 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Mario Carrizosa Ochoa Vs. Corte Suprema De Justicia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia A Prevención En Tutela
  • Derecho de acudir ante juez unipersonal o colegiado para interponer tutela contra actuaciones de salas de casación de la Corte Suprema de Justicia
Accion De Tutela Contra Providencias De La Corte Suprema De Justicia
  • Al no admitir su trámite las diferentes salas de casación vulneran derechos fundamentales
Accion De Tutela Por Via De Hecho
  • Medidas que puede tomar el Juez de Tutela para cumplimiento de sentencia de revisión que no es acatada por una Alta Corporación
Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Reiteración de jurisprudencia
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la igualdad la seguridad social la remuneración minima vital y movil y al debido proceso de pensionado de la caja agraria por la negativa de la sala de casación laboral de la corte suprema de justicia de conceder el reajuste de la primera mesada pensional.

Solicita el amparo constitucional.

Competencia del consejo seccional de la judicatura de cundinamarca para conocer de la presente accion de tutela.

Indexacion de la primera mesada pensional.

Reiteración de jurisprudencia.

La sala concedera el amparo a fin de garatizar que al señor carrizosa le sea indexada la primera mesada pensional.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR en todas sus partes la Sentencia proferida el 26 de noviembre de 2004 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, que accedio a la proteccion impetrada por el senor Mario Carrizosa Ochoa.
  2. Segundo. LIBRENSE por Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.