Sentencia de Tutela4 de mayo de 2001
T-443 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Luis Eduardo Astudillo Fiesco Vs. Cesar Humberto Jaramillo Jaramillo
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Vida Salud Y Subsistencia. Persona De La Tercera Edad Quien Solicita Devolucion De Dineros Depositados En Entidad Financiera En Liquidacion. No Demostracion De Perjuicio Irremediable. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia por inexistencia de perjuicio irremediable
Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
- Reintegro suma de dinero depositada en entidad financiera intervenida
Perjuicio Irremediable
- Congelación transitoria de recursos de institución financiera que afecta derechos fundamentales de personas de la tercera edad
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Confirmar los fallos proferido por los Juzgados Veintiuno Civil Municipal y
- Quinto. Civil del Circuito de Cali, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por64
T-426/19Derecho A La Pension De Sobrevivientes De Hijo FallecidoT-090/18Acumulacon De Tiempos Cotizados Para El Reconocimiento De Pension De Vejez, Segun Acuerdo 049/90.T-598/17Derecho A La Sustitucion Pensional. Reglas Ante Conflicto Entre Conyuge Y Compañero (A) Permanente.T-339/17Subsidio Economico Para Adulto Mayor.T-239/16Derecho A La Vivienda Digna Y A La Dignidad Humana. Vulneracion Por Negativa De Adecuacion O Reasignacion De Vivienda A Adulto Mayhor En Situacion De Discapacidad.C-177/16Peatones Especiales. Los Ancianos Deben Estar Acompañadas Por Personas Mayores De Dieciséis Años, Al Cruzar Las Vías.
Ver las 64 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.