Micelio
Sentencia de Tutela6 de mayo de 2004

T-434 de 2004

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Martha Ligia Espitia Doria Vs. Caprecom Guajira

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Salud Y Seguridad Social. Examen Y Tratamiento De Cancer No Incluidos En El Pos. Falta Solicitud Del Servicio. Regimen Subsidiado. Agencia Oficiosa. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no configurarse elementos de juicio para suministro de tratamiento médico por EPS
Derecho A La Salud
  • Fundamental por conexidad con la vida
Superintendencia Nacional De Salud
  • Se remite copia de la sentencia para asegurar derechos fundamentales del demandante
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Riohacha, el 26 de septiembre de 2003.
  3. SEGUNDO. ADVERTIR la EPS CAPRECOM que deberá prestar toda la atención a la enfermedad que sufre el señor Olaya Chavarro, una vez éste haga la solicitud para su tratamiento a la entidad.
  4. TERCERO. REMITIR copia de esta sentencia a la Superintendencia de Salud para que ésta, dentro de sus órbitas de competencia, vigile el cumplimiento de las normas que amparan el derecho a la seguridad social en salud del actor
  5. CUARTO. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.