Sentencia de Tutela20 de agosto de 1998
T-433 de 1998
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hermman Cuervo Pinto
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Der. De Defensa. El Actor No Conocio Ni Pudo Contovertir Las Pruebas. Irregularidades En La Conducta De Medico De La Fundacion Santa Fe. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Comite De Credenciales, Etica Medica Y Conducta Profesional
- Desconocimiento del debido proceso
Derecho De Defensa En Materia Disciplinaria
- Desconocimiento de imputaciones
- Desconocimiento del derecho a controvertir pruebas
Subordinacion
- Médico respecto de entidad de salud privada y sin ánimo de lucro
Debido Proceso Disciplinario
- Falta de comunicación formal de apertura
- Requisitos mínimos que deben observarse
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFÍRMASE la sentencia del treinta y uno (31) de marzo de mil novecientos noventa y ocho (1998), proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala Civil-, en la acción de tutela instaurada por el doctor Hermann Cuervo Pinto en contra de la Fundación Santa Fe de Bogotá.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
C-299/98C.S.T. Art. 62 N° 3 Lit. A). Causales De Terminacion Del Contrato De Trabajo Por El Patrono. Violencia Injuria O Malos Tratos Por El Trabajador Al Patrono O A Su Familia. Exequible.T-301/96Autonomia Universitaria. Debido Proceso En Actuaciones Disciplinarias De Orden Academico. Postgrado De Odontologia. Concedida.
Citada por60
T-534/23Derechos De Petición Y Debido Proceso Entre Particulares Frente Al Uso Comercial De La Aplicación Digital-Inhabilitación De Usuario (Rappitendero), Por Parte De La Dueña De La Plataforma Digital (Rappi S.A.S.).T-131/23Libertad De Expresión Y Debido Proceso En La Imposición De Sanciones En Organizaciones Privadas-Concede Amparo Porque El Disenso Es Una Conducta Razonable Y Por Tanto No Reprochable.T-421/22Derecho Al Debido Proceso Y Libertad De Expresión- Improcedencia De La Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales Al No Configurarse Alguno De Los Defectos Alegados.T-227/22Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situación Sobreviniente-Agenciado Suspendió Las Clases De Música En El Apartamento Del Conjunto ResidencialT-024/22Derecho A La Pension De Invalidez-Trámites Administrativos No Pueden Obstaculizar El Reconocimiento Del Derecho A Quien Ya Ha Reunido Los Requisitos Para Acceder A ÉstaC-040/22Cuerpo De Bomberos. Reglamento Disciplinario. Prohibiciones
Ver las 60 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.