T-429 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Eduardo Mejia Vs. Consejo De Estado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Excepciones al orden para proferirla
- Alteración del turno para fallo por tratarse de una persona en debilidad manifiesta
- Orden para proferirlas
- Discapacitado en situación económica precaria
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad de persona lesionada por un proyectil de arma de fuego accionada por un celador de la beneficencia del valle del cauca que quedo paraplejico y solicita modificar el orden para dictar la sentencia en el proceso correspondiente pero el consejo de estado se niega a modificar dicho orden.
Solicita se ordene modificar el orden para dictar sentencia.
La congestion judicial como causa que justifica el incumplimiento de los terminos para fallar.
La corte encontro exequible que el legislador introdujera algunas excepciones en el orden para dictar sentencia tratandose de demandas ante la jurisdiccion de lo contencioso adiministrativo.
Los derechos de las demas personas que se encuentran en turno anterior y el derecho a la proteccion de quienes estan en situacion de debilidad manifiesta debidamente comprobada.
Proteccion especial a las personas que se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Revocar la sentencia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, de fecha 19 de noviembre de 2004, en la acción de tutela presentada por el señor Luis Eduardo Mejía contra el Consejo de Estado, Sección Tercera. En consecuencia, se concede la tutela invocada con el fin de proteger el derecho a la igualdad del actor que se encuentra en situación de debilidad manifiesta.
- Para el cumplimiento de esta sentencia, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la misma, la Sección Tercera del Consejo de Estado, respetando los mecanismos de orden interno para el ejercicio de las funciones que la Constitución y la ley le han atribuido al Consejo de Estado, adoptará las medidas pertinentes para darle prelación a la sentencia que debe proferir en la acción de reparación directa contra la Beneficencia del Valle del Cauca, en la que el señor Luis Eduardo Mejía es la parte demandante.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.