Micelio
Sentencia de Tutela17 de mayo de 2011

T-414 de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Nelson Dario Romero Leguizamon·Demandado Juzgado Primero Promiscuo Municipal De Lorica Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, defensa.

Tutela contra decisión judicial.

El accionante, en calidad de promotor del acuerdo de reestructuración de pasivos del municipio de Santa Cruz de Lorica, interpuso la acción constitucional en contra del despacho judicial que en segunda instancia confirmó un fallo de tutela, en el cual se ordenó que el municipio debía pagar unas mesadas atrasadas y unas acreencias laborales, a pesar de encontrarse bajo la intervención económica contemplada en la Ley 550 de 1999.

A juicio del demandante, el operador jurídico incurrió en una vía de hecho al no vincular al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en su calidad de tercero con interés legítimo y al no resolver una solicitud de nulidad de todo lo actuado en segunda instancia, bajo el argumento de que el respectivo fallo se encontraba debidamente ejecutoriado.

La Sala reitera jurisprudencia relacionada con la improcedencia de la acción de tutela contra decisiones que se adoptan dentro de un proceso de tutela y concluye que el mecanismo que debió emplear el actor para atacar la decisión que consideró violatoria, era solicitar su revisión ante la Corte Constitucional y no la de interponer una nueva acción de tutela.

Se declara la IMPROCEDENCIA de la acción.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 22 de octubre de 2010, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, Sala Segunda de Decisión Civil-Familia-Laboral, y DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta contra la sentencia de tutela del 3 de agosto de 2010 proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Lorica, Córdoba, que a su vez confirmó la providencia del 30 de junio de 2010 adoptada por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Lorica.
  3. Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí establecidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.