Micelio
Sentencia de Tutela19 de agosto de 1997

T-391 de 1997

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Doris Cabarcas Vargas

Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Debido Proceso. Der. Al Trabajo. Docente Que No Fue Nombrada Habiendo Pasado El Concurso. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Administrativo
  • Plenitud de las formas propias de cada juicio
Debido Proceso En Concurso Para Carrera Docente
  • No se tuvo en cuenta experiencia laboral
Debido Proceso En Provision De Cargos
  • No se tuvo en cuenta experiencia docente laboral
Debido Proceso
  • Acto arbitrario de la administración contra particular
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Sucre el diecinueve (19) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), al resolver sobre la accion de tutela incoada por DORIS ISABEL CABARCAS VARGAS, contra la Secretaria de Educacion Nacional y el Alcalde Municipal de San Onofre -Sucre- y, en su lugar, CONCEDER la proteccion solicitada.
  2. Segundo. ORDENAR al Alcalde Municipal y al Secretario de Educacion Municipal de San Onofre que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, procedan a evaluar la experiencia profesional acreditada por DORIS ISABEL CABARCAS VARGAS, para calificarla de nuevo, con miras a la futura provision de vacantes en las plazas docentes.
  3. Tercero. ENVIAR a la Procuraduria copia del expediente a fin de que sirvan investigar la conducta de los funcionarios que adelantaron el concurso para proveer las vacantes docentes a que se refiere la presente accion de tutela y en particular al Secretario de Educacion Municipal por no responder oportunamente al requerimiento de informacion que le hiciera esta Corporacion mediante auto del pasado 23 de julio.
  4. Cuarto. Por Secretaria librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.