Sentencia de Tutela20 de mayo de 2002
T-387 de 2002
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jose Torres Cera Vs. Fondo Territorial De Pensiones De Barranquilla
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Minimo Vital. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Liquidacion Provisional Y Expedicion Bono Pensional. Inclusion En Nomina De Pensionados. Etapas Administrativas. Terminos Razonables. Iss. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pension De Jubilacion
- No puede negarse si el bono no ha sido expedido
Bono Pensional
- Pronta tramitación
- Demora en emisión afecta derechos fundamentales
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Barranquilla, proferida el 12 de julio de 2001. En consecuencia, CONCEDER la tutela presentada por JOSE TORRES CERA .
- Segundo. ORDENAR al I.S.S. Seccional Atlantico, si aun no lo ha hecho, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo, acepte u objete la liquidacion provisional del bono pensional correspondiente al senor JOSE TORRES CERA, que le hizo llegar el Fondo Territorial de Pensiones de Barranquilla, sin que sea necesario que se comunique al afiliado.
- Tercero. Una vez aprobada la liquidacion provisional, el Fondo Territorial de Pensiones de Barranquilla, DEBERA expedir dentro de los ocho (8) dias siguientes a la confirmacion, el bono con las garantias que exijan las normas correspondientes, teniendo en cuenta que la pension ya se causo y procede su pago sin necesidad de la expedicion fisica del titulo valor.
- Cuarto. En cuanto sea expedido el bono pensional, el Instituto de Seguros Sociales, Seccional Atlantico, DEBERA dentro de los ocho (8) dias siguientes, proferir la resolucion correspondiente al reconocimiento de la pension de vejez del senor JOSE TORRES CERA, y efectuar el respectivo ingreso a nomina de pensionados.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a20
T-272/02Derechos De Peticion Vida Minimo Vital Y Seguridad Social De Persona De La Tercera Edad. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Respuesta Clara Y Oportuna. Emision Y Expedicion Del Bono Pensional. Concedida.T-235/02Derecho De Peticion Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Tramite No Puede Sobrepasar Los Seis Meses. Emision Bonos Pensionales Y Cuota Parte. Regimen De Transicion. Regimen Especial. Favorabilidad. Cumplimiento De Fallos JudicialT-999/01Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago De La Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Emision Del Bono Pensional. Iss. Concedida.T-817/01Derecho Al Minimo Vital. Solicitud Pension De Invalidez. Emision Y Pago Del Bono Pensional. Disminucion Definitiva De La Capacidad Laboral De Extrabajador De La Contraloria General. Concedida.T-491/01Derecho De Peticion Pension De Jubilacion Ybono Pensional. No Reconocimiento De Pension De Jubilacion Aduciendo La No Emision Del Bono Pensional Por Parte De Otra Entidad. Concedida.T-337/01Derecho De Peticion Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento De La Pension De Jubilacion. Expedicion Del Bono Pensional. Concedida.
Ver las 20 →Citada por3
T-631/10Tutela de 2010T-294/03Derecho De Peticion Y Seguridad Social De Servidor Publico. Nucleo Esencial. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Demora Injustificada. Ley 700 De 2001. Iss. Concedida.T-1183/03Pension De Jubilacion. Derecho De Peticion Y Seguridad Social. Solicitud De Reconocimiento Y Pago De La Pension De Jubilacion Corresponde A La Direccion Territorial De Salud De Caldas. Dec 2527 De 2000. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.