T-332 de 2021
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Aura Patricia Leon Sarmiento·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Laboral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Función central de la Corte Suprema de Justicia en sus diferentes salas
- Inexistencia para el caso
- Configuración
- De manera excepcional, la emisión de una sentencia judicial puede constituirse como hecho nuevo para justificar la interposición de una segunda acción
- Para que se configure temeridad debe evidenciarse la mala fe en el actuar del peticionario
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Como antecedentes de la presente acción de tutela se tiene que la accionante previamente acudió ante los jueces laborales con el fin de que anularan su traslado entre regímenes pensionales.
Entre Los años 2016 y 2017 se surtieron las instancias del precitado proceso y el Tribunal Superior de Bogotá negó las pretensiones, tras considerar que el traslado se surtió adecuadamente.
Contra la anterior decisión se interpuso una primera acción de tutela en el año 2018, la cual fue negada en las dos instancias.
Pasados tres años la actora vuelve a formular la presente solicitud de amparo en contra de la providencia proferida en el año 2017, argumentando que en los años 2018 y 2021 se produjo un cambio jurisprudencial que permite que su caso sea nuevamente estudiado.
La peticionaria adujo que la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sede de tutela, profirió una sentencia en la que acogió un criterio jurisprudencial que, si se aplicara a ella, permitiría dejar sin efecto el fallo cuestionado.
En su criterio, este fallo constituye un hecho nuevo que habilita la interposición de la nueva solicitud de amparo.
La Corte encontró que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia mencionada no constituye un hecho nuevo, por cuanto se trató de un fallo de tutela cuyos efectos solo son vinculantes para las partes.
En consecuencia, se declaró IMPROCEDENTE la solicitud de amparo por estar ante la figura de la cosa juzgada constitucional por existir identidad de partes, objeto y pretensiones.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del 13 de octubre de 2020, proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmo el fallo proferido por la Sala de Casacion Laboral de esa misma Corporacion el 13 de agosto de 2020, dentro del proceso de amparo iniciado por la ciudadana Aura Patricia Leon Sarmiento contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota, en su lugar DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la presente accion de tutela por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. LIBRAR por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.