Micelio
Sentencia de Tutela8 de abril de 2008

T-314 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Jorge Eliecer Rivera Garcia·Demandado Instituto De Los Seguros Sociales

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Orden al ISS para reactivar el pago de la pensión de sobrevivientes y la afiliación al sistema de salud del actor
  • Reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia excepcional para el pago de acreencias laborales
Debido Proceso Y Derechos Fundamentales
  • Vulneración por la suspensión del pago de la pensión de sobrevivientes y la desvinculación del servicio de salud al actor mayor de edad, discapacitado que requiere diálisis permanente
Suspension Pago De Pensiones
  • Debe mediar consentimiento del titular
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida digna, al minimo vital, a la seguridad social y al debido proceso de beneficiario de pension de sobrevivientes a quien la entidad le suspendio el pago de tal prestacion economica y lo excluyo de la nomina sin previa notificacion, al haber cumplido 20 años, y sin tener en cuenta su estado de invalidez.<br>solicita se ordene reestablecer tanto el pago de la pension de sobrevivientes como los servicios en salud.<br>la presuncion de veracidad en los hechos planteados en la accion de tutela ante la falta de respuesta de la entidad accionada.

Reglas especiales sobre el termino para la contestacion de un derecho de peticion en materia de pensiones.

Procedencia excepcional de la accion de tutela para el reclamo de prestaciones sociales.

La suspension del pago de la prestacion sin el consentimiento del beneficiario.<br>en el caso concreto, opero la presuncion de veracidad de los hechos expuestos por el actor, ante el silencio de la entidad demandada.

De otra parte, la suspension unilateral de la pension de sobrevivientes le ha generado al actor no solo la afectacion en su minimo vital, sino que, tambien, le produce un grave riesgo para su salud, dada su desvinculacion del sistema de seguridad social en salud.<br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Octavo. Civil del Circuito de Barranquilla, y en su lugar, CONCEDER la accion de tutela promovida por Jorge Eliecer Rivera Garcia para la proteccion de sus derechos al debido proceso, a la vida digna, al minimo vital y a la salud.
  3. Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo tome las medidas necesarias, si aun no lo ha hecho, a fin de reconocer la situacion de invalidez en que se encontraba Jorge Eliecer Rivera Garcia para la epoca de la suspension de la pension, y en consecuencia, proceda a reactivar el pago de las mesadas pensionales y su afiliacion al sistema de salud.
  4. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.