Sentencia de Tutela29 de marzo de 2004
T-303 de 2004
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Rosana Florez Bolivar Y Otravs Hospital San Juan De Dios- San Gil
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y La Vida. Solicitud Pago Oportuno Y Completo Mesadas Pensionales Atrasadas. Hecho Superado. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil y por la Sala Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior de San Gil, dentro de las acciones de tutela promovidas por las señoras Rosana Flórez Bolívar y Marina Uribe Centeno contra la E.S.E. Hospital San Juan de Dios de San Gil, y en su lugar, por los motivos expuestos declarar que existe carencia actual de objeto por existir un hecho ya superado.
- No obstante lo anterior, la Sala de Revisión ADVIERTE a la E.S.E. Hospital San Juan de Dios de San Gil, que si bien ya pago las mesadas reclamadas por la accionante, deberá de todos modos adelantar las gestiones permitentes que aseguren el pago oportuno de las mesadas futuras.
- Segundo. Por Secretaria General, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a22
T-139/04Derecho Al Minimo Vital. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Carencia Actual De Objeto. Sustraccion De Materia. Implementacion Estrategias De Pago. Concedida.T-338/03Derechos A La Igualdad Trabajo Y Debido Proceso De Medico General. Pago De Acreencias Laborales. Prima Tecnica Y Bonificaciones. Transferencia De Bienes Y Funcionarios. Conducta Temeraria. Negada.T-950/02Derechos Al Trabajo Subsistencia Y Minimo Vital De Bibliotecologa. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Contrato Realidad. Primacia De La Realidad Sobre Las Formalidades Establecidas En Relaciones Laborales. Estado De Subordinacion. Concedida.T-818/02Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez. Bonos Pensionales. Dilacion Tramite Administrativo. Carencia Actual De Objeto. Sustraccion De Materia. Iss. Negada.T-593/01Derecho Al Trabajo Y Minimo Vital. Solicitud De Pago De Salarios Cumplidamente. A La Actora Se Le Deben 9 Meses Y Las Prestaciones . Concedida.T-306/01Derechos A La Vida Trabajo Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Concedida.
Ver las 22 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.