Micelio
Sentencia de Tutela25 de marzo de 2004

T-287 de 2004

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Carmen Luisa Jimenez De Navarro Y Otro Vs Granahorrar

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Buena Fe. Respeto Del Acto Propio. Pago Total Obligacion Adquirida. Reliquidacion Credito Hipotecario. Modificacion Unilateral Por Entidad Financiera Regimen De Transicion De Upac A Uvr. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidad Bancaria
  • Modificación unilateral reliquidación crédito hipotecario
  • No debe abusar de su posición dominante
  • Posición dominante
Reliquidacion De Credito De Upac
  • Error cometido por Granahorrar no puede llevar a desconocimiento de principio de legalidad
Acto Propio
  • Respeto por entidad financiera
Debido Proceso
  • Vulneración por Granahorrar al solicitar saldo después de expedido el paz y salvo
Derecho De Peticion Frente A Entidad Bancaria
  • Respuesta sobre condiciones exactas del crédito
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogota, el 4 de noviembre de 2003, en la accion de tutela instaurada por la senora Carmen Luisa Jimenez de Navarro contra el Banco Granahorrar S.A.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Sexto. Civil del Circuito de Medellin, el 1 de noviembre de 2002, en la accion de tutela instaurada por el senor Luis Jaime Sanchez Ramirez contra el Banco Granahorrar S.A.
  4. Tercero. ORDENAR al Banco Granahorrar S.A., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, inicie los tramites necesarios para levantar el gravamen hipotecario que recae sobre el inmueble de propiedad de la senora Carmen Luisa Jimenez de Navarro, cuyo credito hipotecario se identifica con el numero 10040048510.
  5. Cuarto. ORDENAR al Banco Granahorrar S.A., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, inicie los tramites necesarios para levantar el gravamen hipotecario que recae sobre el inmueble de propiedad del senor Luis Jaime Sanchez Ramirez, cuyo credito hipotecario se identifica con el numero 607500083241.
  6. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  7. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.