Micelio
Sentencia de Tutela30 de julio de 2020

T-269 de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Alex Fuentes Vargas·Demandado Alcaldia Distrital De Cartagena

Tema · dato duro
Accion De Tutela De Vendedor Ambulante-Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditar Perjuicio Irremediable
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Espacio Publico
  • Elementos que integran el concepto
  • Concepto
Accion De Tutela De Vendedor Ambulante
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor aduce que la entidad territorial cuestionada vulnera derechos fundamentales al poner en marcha un proceso registro, formalización y recuperación del espacio público, por cuanto con ello se modifica la situación de aquellos que utilizan dicho escenario para ejercer el comercio informal invocando la posibilidad de la existencia del principio administrativo conocido como la confianza legítima.

Así mismo, alega trasgresión de garantías constitucionales por parte de la Gerencia de Espacio Público y Movilidad de Cartagena al omitir de manera injustificada su inclusión en el RUV, lo cual le impide ingresar a los programas de formalización de los trabajadores informales que ocupan el espacio público, lo que genera que se ponga en riesgo su mínimo vital y el de su familia.

Teniendo en cuenta que el peticionario no logró acreditar el requisito de subsidiariedad, en la medida en que no aportó al expediente prueba, siquiera sumaria, de una vulneración o amenaza a sus derechos fundamentales, se declaró la IMPROCEDENCIA del amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR respecto del presente asunto, la suspension de terminos decretada en el presente proceso, asi como la suspension de terminos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Tercero. Penal del Circuito de Cartagena, el 19 de julio de 2019, la cual a su turno confirmo la sentencia proferida por el Juzgado
  4. Tercero. Penal Municipal de Cartagena con Funciones de Control de Garantias, las cuales declararon la IMPROCEDENCIA de la accion de tutela.
  5. TERCERO. ADVERTIR, al Juzgado
  6. Tercero. Penal del Circuito de Cartagena, sobre el deber de los jueces de tutela de valorar de manera razonada los hechos y fundamentos da cada caso en concreto. En particular, la Sala Cuarta de Revision de la Corte Constitucional hace un llamado a evitar usar formatos en los fallos de tutela, lo cual conlleva a que se omitan las particularidades del caso, y se incurra en denegacion de justicia a los ciudadanos.
  7. CUARTO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.