T-269 de 2020
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Alex Fuentes Vargas·Demandado Alcaldia Distrital De Cartagena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elementos que integran el concepto
- Concepto
- Reiteración de jurisprudencia
- Alcance
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor aduce que la entidad territorial cuestionada vulnera derechos fundamentales al poner en marcha un proceso registro, formalización y recuperación del espacio público, por cuanto con ello se modifica la situación de aquellos que utilizan dicho escenario para ejercer el comercio informal invocando la posibilidad de la existencia del principio administrativo conocido como la confianza legítima.
Así mismo, alega trasgresión de garantías constitucionales por parte de la Gerencia de Espacio Público y Movilidad de Cartagena al omitir de manera injustificada su inclusión en el RUV, lo cual le impide ingresar a los programas de formalización de los trabajadores informales que ocupan el espacio público, lo que genera que se ponga en riesgo su mínimo vital y el de su familia.
Teniendo en cuenta que el peticionario no logró acreditar el requisito de subsidiariedad, en la medida en que no aportó al expediente prueba, siquiera sumaria, de una vulneración o amenaza a sus derechos fundamentales, se declaró la IMPROCEDENCIA del amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR respecto del presente asunto, la suspension de terminos decretada en el presente proceso, asi como la suspension de terminos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.
- SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Cartagena, el 19 de julio de 2019, la cual a su turno confirmo la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal de Cartagena con Funciones de Control de Garantias, las cuales declararon la IMPROCEDENCIA de la accion de tutela.
- TERCERO. ADVERTIR, al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Cartagena, sobre el deber de los jueces de tutela de valorar de manera razonada los hechos y fundamentos da cada caso en concreto. En particular, la Sala Cuarta de Revision de la Corte Constitucional hace un llamado a evitar usar formatos en los fallos de tutela, lo cual conlleva a que se omitan las particularidades del caso, y se incurra en denegacion de justicia a los ciudadanos.
- CUARTO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.