T-258 de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Maria Santos Pacheco Y Otro Vs. Secretaria De Salud Y Bienestar Social Tunja Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inclusión de datos e información sobre derecho a ser afiliado
- Nueva encuesta para reclasificación
- Regulación ineficiente para detectar a las personas pobres
- Regulación ineficiente y contraria al orden público de la salud
- Procedencia cuando indebida clasificación en el SISBEN afecta derechos fundamentales
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el diecisiete (17) de enero de 2002, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Tunja, dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Maria Santos Pacheco en contra de la Secretaria de Salud y Bienestar Social de la Alcaldía de Tunja.
- REVOCAR el fallo proferido el veintinueve (29) enero del año en curso, por el Juzgado 42 Civil Municipal de Bogotá dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Cesar Fernando Cruz Sánchez en contra de la Secretaria de Salud del Distrito y Departamento de Planeación Distrital. En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. ORDENAR a la Alcaldía de Tunja y a la Alcaldía Mayor de Bogotá, que a través de las autoridades correspondientes, efectúen en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de esta providencia, un nuevo estudio de las condiciones socioeconómicas de los peticionarios, teniendo en cuenta las enfermedades que padecen, a fin de que puedan acceder a la prestación de los servicios médicos que necesitan.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.