T-251 de 2009
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Aldineberth Alzate Sanchez Y Diego Fernando Saldarriaga Lozano·Demandado Municipio De Tulua, Representado Por El Alcalde Rafael Eduardo Palau Salazar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procede para solicitar motivación del acto de desvinculación del cargo
- En cuanto a motivación existe línea jurisprudencial contraria entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado
- Motivación de la desvinculación de funcionario que ejerce en provisionalidad cargo de carrera administrativa
- Necesidad de motivación del acto de desvinculación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso que se informa violado por la entidad accionada con la determinacion de desvincular a los accionantes, ex trabajadores de la misma, sin que mediara acto administrativo debidamente motivado.
La motivacion del acto administrativo por medio del cual se desvincula a una persona que ocupa un cargo de carrera en provisionalidad es obligatoria.
En vista de que tal mandato no fue observado, se dispuso dejar sin efectos sendos decretos proferidos por la entidad demandada, y a su vez, ordenar el reintegro de los petentes.
Concedidas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Tulua, que en providencia del 22 de agosto de 2008, confirmo la decision de denegar la accion de tutela impetrada por el senor Aldineberth Alzate Sanchez. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales del mencionado ciudadano.
- SEGUNDO. REVOCAR la decision del Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Tulua, que en providencia del 19 de agosto de 2008, confirmo la decision de denegar la accion de tutela impetrada por el senor Diego Fernando Saldarriaga Lozano. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales del mencionado ciudadano.
- TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS JURIDICOS los Decretos 0223 de mayo 16 de 2008 y 0246 de junio 09 de 2008, proferidos por el Alcalde del Municipio de Tulua. En consecuencia, se ORDENARA a esa entidad que expida un nuevo acto administrativo en el cual se motive adecuadamente la declaratoria de insubsistencia de los senores Aldineberth Alzate Sanchez y Diego Fernando Saldarriaga Lozano.
- CUARTO. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Tulua, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, proceda a reintegrar a los ciudadanos Aldineberth Alzate Sanchez y Diego Fernando Saldarriaga Lozano, hasta tanto la Alcaldia no motive el acto de desvinculacion en el sentido establecido en la presenten sentencia y mientras no se haya agotado la via gubernativa.
- QUINTO. ADVERTIR a los ciudadanos Aldineberth Alzate Sanchez y Diego Fernando Saldarriaga Lozano que, en el evento de ser desvinculados, contra el acto administrativo que profiera la Alcaldia del Municipio de Tulua, podran ejercer las acciones contenciosas administrativas pertinentes. Para tales efectos, los terminos comenzaran a contarse a partir de la notificacion del acto administrativo que se expida.
- SEXTO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.