Micelio
Sentencia de Tutela17 de marzo de 2003

T-224 de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

✓Demandante Max Naimark Bloch Vs. Municipio De Magangue Y Otra

✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso De Persona Juridica. Via De Hecho. Cobro De Libranzas Por Nomina. Controversias De Orden Economico. Acceso A La Administracion De Justicia. Confianza Legitima. Legitimacion Por Activa. Investigacion Disciplinaria. Acuerdo De Rees
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Inexistencia de vulneración por no pago de obligaciones originadas en libranzas firmadas por empleados
Municipio
  • Incumplimiento en pago de obligaciones originadas en libranzas firmadas por empleados
Principio De Confianza Legitima
  • No es aplicable para el caso
Acción De Tutela
  • Improcedencia sobre controversias económicas
Acuerdos De Reestructuracion En Municipio
  • Medio para que acreedores puedan obtener pago de lo debido
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Sólo se aplica en actuaciones judiciales y ante autoridades judiciales
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo adoptado por el Juzgado Civil Municipal de Magangue - Bolivar, el 23 de septiembre de 2002. En su lugar, se NIEGA la tutela interpuesta.
  2. Segundo. ORDENAR que se compulsen copias a la Procuraduria Regional de Bolivar y a la Fiscalia Seccional de Magangue, a fin de que sea investigada la conducta del senor Alcalde Municipal de Magangue.
  3. Tercero. ORDENAR que por Secretaria General se de cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.