Micelio
Sentencia de Tutela17 de marzo de 2003

T-224 de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Max Naimark Bloch Vs. Municipio De Magangue Y Otra

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso De Persona Juridica. Via De Hecho. Cobro De Libranzas Por Nomina. Controversias De Orden Economico. Acceso A La Administracion De Justicia. Confianza Legitima. Legitimacion Por Activa. Investigacion Disciplinaria. Acuerdo De Rees
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Inexistencia de vulneración por no pago de obligaciones originadas en libranzas firmadas por empleados
Municipio
  • Incumplimiento en pago de obligaciones originadas en libranzas firmadas por empleados
Principio De Confianza Legitima
  • No es aplicable para el caso
Acción De Tutela
  • Improcedencia sobre controversias económicas
Acuerdos De Reestructuracion En Municipio
  • Medio para que acreedores puedan obtener pago de lo debido
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Sólo se aplica en actuaciones judiciales y ante autoridades judiciales
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo adoptado por el Juzgado Civil Municipal de Magangue - Bolivar, el 23 de septiembre de 2002. En su lugar, se NIEGA la tutela interpuesta.
  2. Segundo. ORDENAR que se compulsen copias a la Procuraduria Regional de Bolivar y a la Fiscalia Seccional de Magangue, a fin de que sea investigada la conducta del senor Alcalde Municipal de Magangue.
  3. Tercero. ORDENAR que por Secretaria General se de cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.