Micelio
Sentencia de Tutela6 de junio de 2024

T-210 de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Julia·Demandado Registraduria Nacional De Estado Civil

Tema · dato duro
Derechos Al Debido Proceso Administrativo Y A La Personalidad Jurídica (Cancelación De Segundo Registro Civil De Nacimiento)-Debida Diligencia Y Omisión De Los Deberes De Las Entidades Públicas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Personalidad Juridica
  • Importancia del nombre, del registro civil y de la cédula de ciudadanía en su ejercicio
  • Importancia para el ejercicio de otros derechos fundamentales
  • Alcance
Atributos De La Personalidad
  • Nombre, capacidad, estado civil, domicilio, nacionalidad y patrimonio
Accion De Tutela Contra La Registraduria Nacional Del Estado Civil
  • Improcedencia por incumplimiento del requisito de subsidiariedad y no acreditar perjuicio irremediable
Derecho Al Debido Proceso Administrativo Y A La Personalidad Jurídica
  • Vulneración por la Registraduría Nacional del Estado Civil al negar la cancelación del registro civil de nacimiento, a pesar de haber constatado que la persona ya había sido registrada
Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Regla de subsidiariedad es menos rigurosa y se debe atender de manera primordial el interés superior de los menores de edad
Debida Diligencia En Las Actuaciones Administrativas
  • Aplicación en el cumplimiento de sus funciones
Principio De Subsidiariedad De La Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional en caso de no existir otro medio de defensa judicial
Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Procedencia de la acción de tutela para su protección
12 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante actuó en nombre de un hijo menor de edad con el ánimo de solicitar la protección de los derechos fundamentales vulnerados por la Registraduría Nacional del Estado Civil, como consecuencia de no permitirle obtener su tarjeta de identidad con su identificación real, por existir duplicidad de registros civiles de nacimiento del niño.

La actora pidió a la Registraduría Municipal cancelar el registro realizado por los abuelos y esta pretensión fue denegada bajo el argumento de tener que iniciar un proceso judicial de filiación paterna y materna frente a un juez de familia.

Se reiteró jurisprudencia constitucional sobre: 1º.

El derecho fundamental a la personalidad jurídica y sus implicaciones en un Estado de derecho. 2º.

El derecho fundamental al debido proceso administrativo y su relación con la Registraduría Nacional del Estado Civil y, 3º.

La debida diligencia y la omisión de los deberes de las entidades públicas.

Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se impartieron una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del 8 de septiembre de 2023 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta que, a su vez, confirmó el fallo del 28 de julio de 2023 del Juzgado Penal del Circuito de Fundación, Magdalena. En su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales a la personalidad jurídica y al debido proceso administrativo del menor de edad Alonso.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de la presente sentencia, deje sin valor ni efectos el registro civil de nacimiento y, asimismo, la tarjeta de identidad, expedidos a nombre de Héctor. Además, ORDENAR a la entidad que realice la inscripción de esta providencia en los folios correspondientes, de acuerdo con el artículo 96 del Decreto 1260 de 1970.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil declarar con plena vigencia y validez jurídica el registro civil de nacimiento, y expedir la tarjeta de identidad correspondiente, a nombre de Alonso.
  4. CUARTO. DESVICULAR al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, por las razones expuestas en esta providencia.
  5. QUINTO. ORDENAR a la Secretaría General de esta corporación que suprima de toda publicación del presente fallo, los nombres y los datos que permitan identificar a la accionante y a su hijo. La reserva también recae sobre la información del expediente que esté siendo publicada en la página web de la corporación. Igualmente, ordenar por conducto de la Secretaría General, a los jueces de tutela y a las autoridades vinculadas al trámite que se encarguen de salvaguardar la intimidad de las personas mencionadas.
  6. SEXTO. LIBRAR por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, así como DISPONER las notificaciones a las partes e intervinientes en el proceso de tutela, previstas en el mencionado artículo, por medio del Juzgado Penal del Circuito de Fundación, Magdalena, que fungió como juez de primera instancia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoPaola Andrea Meneses Mosquera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.