Micelio
Sentencia de Tutela9 de noviembre de 2000

T-1524 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Sergio Aranzalez Bocanegra Vs. Iss

Tema · dato duro
Derecho A La Vida. Paciente Con Nefritis. Solicitud Practica De Cirugia No Incluida En El Pos. Se Aduce No Tener Contrato Con Las Entidades Que La Realizan. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Práctica de exámenes excluidos del manual de actividades, intervenciones y procedimientos
Entidad Promotora De Salud
  • Repetición contra el FOSYGA
  • Tratamiento médico excluido del POS
Derecho A La Salud
  • Fundamental por conexidad con la vida
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de mayo 26 de 2000 proferida por el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá y en su lugar TUTELAR el derecho a la vida del señor SERGIO ARANZALEZ BOCANEGRA.
  2. Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, Seccional Cundinamarca y D.C., que en el término de cuarenta y ocho horas a partir de la notificación del presente fallo autorice y realice el tratamiento médico dispuesto por los médicos tratantes, si es que aún no se ha realizado y que se continúe prestándosele la atención debida como cotizante que es. La EPS deberá asumir los costos del tratamiento y podrá repetir por los gastos adicionales en que incurra contra el Fondo de Solidaridad y Garantía, subcuenta de promoción de salud.
  3. Tercero. Por Secretaría líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.