Sentencia de Tutela4 de abril de 1995
T-150 de 1995
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Enrique Arbelaez Mutis
✓
Tema · dato duro
Der. A La Libre Circulacion. Der. Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Bien De Uso Publico. Via Publica. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Bienes De Uso Publico
- Afectación
- Desafectación
- Protección estatal
Perjuicio Irremediable
- Situación de tracto sucesivo
Via Publica
- Cierre
7 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia de octubre 31 de 1994, proferida por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Manizales y REVOCAR los numerales 1o, 2o, 3o, 4o y 5o de la Sentencia de septiembre 13 de 1994, proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Villamaria.
- SEGUNDO. TUTELAR TRANSITORIAMENTE los derechos fundamentales a la libre circulacion y al libre desarrollo de la personalidad de ENRIQUE ARBELAEZ MUTIS y ORDENAR a las autoridades municipales de Villamaria el despliegue de las medidas pertinentes que garanticen al peticionario de esta tutela, el uso de la calle 4ta, entre carreras 9o y 11, segun las consideraciones realizadas en este fallo.
- TERCERO. ORDENAR al Representante legal de la SOCIEDAD VARTA S.A., sucursal Villamaria, remover los obstaculos que obstruyen el paso del senor ENRIQUE ARBELAEZ MUTIS por la calle 4ta de la ciudad de Villamaria (Caldas), hasta tanto no se efectue la tradicion del bien objeto de discusion, segun lo expresado en la parte motiva de esta providencia.
- CUARTO. COMUNICAR a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional el contenido completo de la Sentencia al doctor Jairo Alberto Llano Gonzalez exalcalde de Villamaria (Caldas), al senor Alcalde electo de ese municipio, al Presidente del Concejo de Villamaria, al Director de la Policia de Villamaria, al representante legal de la Sociedad VARTA S.A, con domicilio en Villamaria. y al peticionario de la presente tutela.
- QUINTO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, ENVIESE copia del presente fallo al Defensor del Pueblo.
- SEXTO. DEVOLVER el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Villamaria (Caldas), a efectos de cumplir con lo establecido en el Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a9
T-572/94Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Defensa De Los Bienes De Uso Publico. Sta Maria Del Lago. Concedida.C-072/94De. 2158/48 C.P.L. Art.151. Dec. 2663/50 C.S.T. Art 488. Prescripcion De La Accion Laboral. Exequibles.T-594/93Cambio De Nombre. Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Derecho A La Expresion De La Individualidad. Concedida.SU.067/93Derecho Al Ambiente Sano. Acciones Populares. Glifosato. Negada.C-176/93Dec 100/80 Cp Arts 94 95 Y 96. Inimputables. Rehabilitacion. Inexequibles Algunas Expresiones. Exequible Una Expresion.T-566/92Bienes De Uso Publico. Playas. Ocupacion. Negada.
Ver las 9 →Citada por40
T-337/22Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado Y Hecho Superado-Restricción Injustificada Del Derecho A La Intimidad Y Libre Circulación Al Exigir Carné De Vacunación, Aplicación De Un Test Integrado Intenso De Proporcionalidad Y Juicio De Igualdad.T-006/22Derecho A La Vivienda Digna En El Marco De Un Proceso Policivo Para La Recuperacion De Un Bien FiscalSU.109/22Derecho A La Igualdad, Libertad De Locomoción Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Adultos Mayores De 70 Años En El Contexto De La Pandemia Covid-19-Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado, Medidas Sanitarias Que Implicaron La Vulneración De Las Garantías Superiores Perdieron Vigencia.T-117/20Derecho A La Salud Y Suministro Oportuno De MedicamentosT-621/19Derecho A La Locomocion De Personas En Situacion De Discapacidad.T-455/18Libertad De Locomocion Y Accesibilidad A Edificaciones O Instalaciones Abiertas Al Publico De Personas En Situacion De Discapacidad.
Ver las 40 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.